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Feinversión en vivienda habitual

9 respuestas
Feinversión en vivienda habitual
Feinversión en vivienda habitual
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#1

Feinversión en vivienda habitual

Después de darle muchas vueltas a todo, me surge una duda. Suponiendo que he vendido mi vivienda habitual y decido invertir en otra vivienda habitual, estoy obligada a invertir TODO?, es decir el precio que me pagaron por mi vivienda o sólo la ganancia que generó esa venta (coste inicial vivienda-precio venta vivienda). Repito, si vendí por 160.000 € tengo que invertir esos 160.000 € o la ganancia que me supuso esa venta?
Muchas gracias

#2

Re: Feinversión en vivienda habitual

En esta ocasión lo voy a explicar con un ejemplo numérico.

Vamos a suponer:

- Valor de venta (gastos de la venta restados): 160.000 euros.
- Valor de adquisición (gastos de la compra sumados y actualizado por coeficiente): 50.000 euros.
- Hipoteca para la adquisición de la vivienda pendiente de amortizar en el momento de la venta: 70.000 euros.

Fiscalmente nos interesan dos resultados que tenemos que hallar:

- Ganancia o pérdida = Valor de venta - valor de adquisición actualizado = 160.000 - 50.000 = 110.000 euros. Esta ganancia tenemos que incorporarla en nuestro IRPF, pero tratándose de la vivienda habitual podemos (es opcional) acogernos a la exención de la misma.

- Neto de la venta = Valor de venta - hipoteca pendiente de amortizar = 160.000 - 70.000 = 90.000 euros. La Ley dice que lo que tenemos que reinvertir en un plazo de dos años, para que nos quede exenta la ganancia (los 110.000 euros), es esta cifra, el neto de la venta, los 90.000 euros. Pero nos sigue diciendo que, en caso de no reinvertir todo, en ese mismo porcentaje nos queda exenta la ganancia. Supongamos que de los 90.000 euros sólo reinvertimos 75.000 euros, entonces de los 110.000 euros de ganancia, sólo nos quedan exentos 110.000 x 75.000 / 90.000 = 91.666,67 euros, y tendremos que tributar por el resto, 18.333,33 euros (110.000 - 91.666,67).

Saludos.

#3

Re: Feinversión en vivienda habitual

...Y si no quieres comprar pasados dos años. ¿Tienes que reinvertir a pesar de que la banca ha cerrado el grifo? ¿A pesar de que se ha quedado con los inmuebles en balance gracias a mis impuestos?¿a pesar de que el BE ha mantenido artificialmente alto el precio de los inmuebles para que la banca española no quebrara?¿A pesar de que la banca española esta quebrada por culpa de los 300.000 euros de crédito promotor que vamos a pagar los cuidadanos?

Yo estoy en esta situación y PASÓ de pagar. Tengo un buen amigo abogado con el que estoy preparando las alegaciones para la agencia tributaria. Si tuvieramos éxito lo publicaremos.

S2 y feliz domingo. Siento no haber ido a la manifestación antiaborto de esta mañana en Madrid con mis 3 nanos.

#4

Re: Feinversión en vivienda habitual

La Ley es muy clara, esa exención es un "beneficio" fiscal con condicionantes. Si no se cumplen hay que tributar por esa ganancia, y con intereses de demora si procede.

Creo que no van a admitir el que no tributes, al no cumplir los plazos... no obstante, si lo vas a alegar, suerte.

Saludos.

#5

Re: Feinversión en vivienda habitual

Buenas tardes Al.Rodrigo. Comentas que "La ley es clara":
Te pongo varios agravios comparativos:

1.- Existe un agravio comparativo que se produciría entre los que vendieron en 2008 y aquellas personas que adquirieron una nueva vivienda en el año 2008 previamente a la transmisión de su vivienda habitual, para los cuales el plazo de dos años se amplió hasta el día 31 de diciembre de 2010.
2.- En Navarra por ejemplo el plazo es de 4 años...

¿La ley es clara? Depende de la comunidad en la que vivas.

#6

Re: Feinversión en vivienda habitual

El que la Ley no sea la misma para todos, porque existen otras Leyes relativas a la competencia normativa de las Autonomías, y porque haya convenios con ciertos territorios (los forales); o el que en ciertos supuestos se haya concedido una moratoria; en mi opinión no "enturbia" la claridad al respecto... Soy de los que en muchas ocasiones critico cómo se redacta la Ley, o algún aspecto técnico de las mismas, pero en este caso creo que no llevas razón...

Saludos.

#7

Re: Feinversión en vivienda habitual

.Creo que si el mercado es libre puedes aplicar las leyes...pero el mercado inmobiliario español ha sido un cachondeo a costa del contribuyente (entre los cuales me incluyo)...y si no mira estas declaraciones de GÓMEZ NAVARRO de hoy:
(fuente elconfidencial.com)

El presidente del Consejo Superior de Cámaras de Comercio, Javier Gómez Navarro, afirmó hoy que las entidades financieras "nunca recuperarán" el 30% de la deuda que ha contraído con ellas el sector inmobiliario, y que asciende a unos 97.500 millones de euros.

Según la Asociación Hipotecaria Española (AHE), las promotoras inmobiliarias adeudan a la banca un total de 325.000 millones de euros, de los que la mitad corresponde a préstamos para la compra de suelo.

Gómez Navarro explicó en un encuentro con los medios que "será difícil" saber cuándo se recuperará el resto de la deuda. Respecto a las pérdidas sufridas por las inmobiliarias, señaló que las promotoras "no se van a resarcir porque no están bajando los precios".

A finales del pasado enero, el presidente de la AHE, Santos González, aseguró que los bancos y cajas no tienen capacidad para asumir la deuda de las inmobiliarias, por lo que la viabilidad de este sector está en juego y pone también en peligro al sector financiero. La ministra de Economía, Elena Salgado, afirmó entonces que el Ejecutivo "no tiene previsto" ayudar a la banca si las inmobiliarias no pagan.

Al analizar la actual situación del sistema financiero español, Gómez Navarro señaló que "nunca se ha querido reconocer que está tocado" e insistió en la necesidad de que se lleve a cabo "una capitalización". Asimismo, indicó que el tiempo "se agota" para aprovechar la aprobación de Bruselas del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), en vigor hasta el 30 de junio.

En sus previsiones para el primer semestre de 2010, Gómez Navarro aseguró que muchos bancos "entrarán en números rojos" a causa de la caída de ingresos como consecuencia de la bajada del Euríbor.

#8

Re: Feinversión en vivienda habitual

Tampoco veo qué conexión existe entre esas declaraciones y el tema que estábamos hablando. Pero el problema que planteas es más político que otra cosa. La Agencia Tributaria debe mostrarse como "ejecutora" de las Leyes vigentes, pero no es ella la encargada de legislar, ni de establecer moratorias...

Saludos.