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COMPENSAR PERDIDAS y GANANCIAS por venta de inmuebles

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COMPENSAR PERDIDAS y GANANCIAS por venta de inmuebles
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COMPENSAR PERDIDAS y GANANCIAS por venta de inmuebles
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#1

COMPENSAR PERDIDAS y GANANCIAS por venta de inmuebles

Hola.

He vendido una vivienda (no habitual) la cual he tenido un beneficio qie tendré que tributar en la Aeat. Esa vivienda era la habitual, pero la Aeat me hizo una paralela y me quito dicha calificacion por trabajar en sitio distinto a donde tenia mi vivienda. No recurri para acogerme a las bonificaciones. Esta seria la VIVIENDA 1

Posteriormente voy a vender una 2º vivienda que tenia alquilada de hace años..... la cual tendre perdidas. Esta sería la VIVIENDA 2

 

Estas ventas son con la intencion de comprar  una vivienda nueva.

 

Las preguntas son:

 

¿Se puede compensar perdidas y ganancias de las viviendas vendidas considerando que las 2 eran segunda residencia?

 

Si la compra de la nueva vivienda la considero como mi vivienda habitual, puedo beneficiarme de algo, teniendo en cuenta que las viviendas 1 y 2 no eran las habituales? 

 

Un saludo y gracias

#2

Re: COMPENSAR PERDIDAS y GANANCIAS por venta de inmuebles

Si ya has tenido la ganancia de la vivienda 1, solo podrás compensar con pérdidas de vivienda 2 si vendes este año.

Como vivienda 2 ha estado alquilada, deberás disminuir su precio de adquisición en las cuantías de la amortización, así que la pérdida que tienes calcuada quizás será menor.

Es indiferente a que destines ese saldo, si a vivienda habitual o a adquirir otras cosas. Como ya no tenían el carácter de habitual no se puede hacer eso de dejar exenta la ganancia por hacer una nueva reinversión.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: COMPENSAR PERDIDAS y GANANCIAS por venta de inmuebles

entonces sin ser vivienda habitual si se puede compensar dentro del mismo año.... entiendo.
Muchas gracias

#4

Re: COMPENSAR PERDIDAS y GANANCIAS por venta de inmuebles

¿Si tienes dos pisos y vendes el piso con ganancias en 2018 y el otro piso en 2019 u otro año con perdidas ,cuando se compensa, hay 4 años o algo así, o se pierde la compensación si no es el mismo año de venta de los dos? Qué lío.

Gracias por toda la atención que siempre nos prestáis.

Saludos y buen día.

#5

Re: COMPENSAR PERDIDAS y GANANCIAS por venta de inmuebles

Si vendes un piso con ganancias en 2018 y otro con pérdidas en 2019, en el año 2018 tributarás por la ganancia.

La pérdida de la venta de 2019, podrás compensarla con ganancias de ese mismo año o con ganancias de los cuatro años siguientes. También con rendimientos positivos del capital mobiliario hasta el límite del 25% de cada saldo anual.

Rendimientos de capital mobiliario pueden ser los intereses de depósitos, dividendos, operaciones de seguros, cupones de bonos...

Y las ganancias con las que puedes compensar las pérdidas no son solamente por la compraventa de inmuebles, sino que podrían ser por ventas de acciones, fondos de inversión...

Lo que no puedes hacer es compensar una pérdida del año 2019, con una ganancia del año 2018.

Un saludo.

 

#6

Re: COMPENSAR PERDIDAS y GANANCIAS por venta de inmuebles

Muchas gracias por tu explicación, entonces intentaré que la venta con perdidas se haga en 2019 para tener 4 años de margen para compensar si se produce la venta con ganancias.La lastima es que tengo unas perdidas de más de 80.000€ por el naufragio de mis bonos estructurados de Banif- Lehman Brothers que 2018 es el último año que tengo para compensar y no tengo ningún producto con ganancias este año, el piso que podría venderse éste año también es una venta con perdidas.
Buenas noches y te reitero mi agradecimiento.

#7

Re: COMPENSAR PERDIDAS y GANANCIAS por venta de inmuebles

Disculpa que te moleste.¿La ganancia patrimonial por venta de un piso puede compensarse con Rendimientos del Capital Mobiliario Negativos (De Bonos Estructurados, que he comentado)Gracias y saludos

#8

Re: COMPENSAR PERDIDAS y GANANCIAS por venta de inmuebles

Los saldos negativos de capital mobiliario, los puedes compensar con ganancias hasta el límite del 25% de su saldo.

Por ejemplo, tienes una ganancia de 5.000 euros por la venta de un inmueble y  rendimientos de capital mobiliario de -3.000 euros dentro del mismo ejercicio.

Podrías compensar en el ejercicio 1.250 euros (25% de 5.000) y te quedarían por compensar 1.750 euros en los cuatro ejercicios siguientes.

Tributaría la ganancia por 3.750 euros (5.000 - 1250).

Un saludo.

 

 

#9

Re: COMPENSAR PERDIDAS y GANANCIAS por venta de inmuebles

Entiendo entonces que si tengo 80000€ RCM Negativos de los Bonos podría usar el 25%(20000€) para restarlos de la ganancia patrimonial por venta de piso.¿No? En otros años no se podía hacer, no se si ha cambiado la ley del irpf y ahora se puede.Bueno, agradecerte la buena disposición que tienes siempre para ayudar a los demás, saludos.

#10

Re: COMPENSAR PERDIDAS y GANANCIAS por venta de inmuebles

Es al contrario.

Tienes que tener en cuenta la ganancia del inmueble. Y de esa ganancia, utilizas el 25% para compensar los RCM negativos.

Pongamos que la ganancia del inmueble es de 100.000 euros. Compensarías 25.000 euros de los 80.000 euros negativos y te quedaría como resumen del ejercicio:

Tributarías por 75.000 euros (en vez de los 100.000 de ganancia).

Compensarías 25.000 euros (25% del saldo positivo de ganancias).

Te quedarían pendientes de compensar 55.000 euros de RCM en los cuatro ejercicios siguientes (80.000 - 25.000).

Un saludo

 

#11

Re: COMPENSAR PERDIDAS y GANANCIAS por venta de inmuebles

¡Joder, muchas gracias, se ve las personas que saben de verdad, gracias! De todas formas  llevo 5 años para vender ese piso que está escriturado muy bajo y por eso daría ganancia y no  se vende ni para atrás  y sólo me quedan 2 meses para aprovechar el negativo de los Bonos de Lehman Brothers, tendré que tirar el precio y lo poco que me quede intentar compensar para al menos no pagar a Hacienda, el otro piso daría perdida, pero ya se los he dado a una inmobiliaria y no se que pasará, gracias por tener la santa paciencia de aguantarme, si pudiera te invitaría a unas cervecitas, que tengas buen día.

EDITO: 45.782€ es la cifra de RCM Negativos que puedo utilizar para compensar en 2018, después se pierde en 2019 como me pasó con el anterior saldo hasta los 80.000€, lo pongo a modo de Memorizar que tengo la cabeza muy mal.

#12

Re: COMPENSAR PERDIDAS y GANANCIAS por venta de inmuebles

Buenas noches. A ver si algun forero que sepa mas que yo (cualquiera) me puede aclarar una duda.

En el año 2014 vendí mi vivienda habitual comprada en 2012, con una pérdida patrimonial de más de 60.000 euros (generada en más de 2 años).

En 2016 se hizo una reforma de la legislación tributaria que ya no distinguía las ganancias y pérdidas patrimoniales generadas con la transmisión de elementos patrimoniales en menos de un año frente a las generadas en más de un año, pasando todas ellas a formar parte de la base del ahorro.

PREGUNTA: 

  • ¿podria realizar la compensación de dicha perdida durante los años 2016, 2017 y 2018 de igual manera?
  •  Y en su caso compensar el 20% los con las rendimientos del capital mobiliario?
  • El procedimiento para hacerlo sería mediante SOLICITUD DE DEVOLUCION DE INGRESOS INDEBIDOS?

Muchas gracias por adelantado. Un saludo a todos

#13

Re: COMPENSAR PERDIDAS y GANANCIAS por venta de inmuebles

Puedes compensar la pérdida con ganancias de los años 2015. 2016, 2017 y 2018.

El procedimiento, solicitud de ingresos indebidos. en los ejercicios presentados si has tenido saldo positivo en ganancias/pérdidas.

No tienes la posibilidad de compensar la pérdida con rendimientos de capital mobiliario

Un saludo.

#14

Re: COMPENSAR PERDIDAS y GANANCIAS por venta de inmuebles

Gracias por la respuesta perooooo....seguro que no? Antes de esa reforma te permitian compensar hasta el 20%de la perdida patrimonial con los rendimientos de CM.

#15

Re: COMPENSAR PERDIDAS y GANANCIAS por venta de inmuebles

Copiado de la nota a pie de  página 456 del Manual Renta 2017 de la Agencia Tributaria:

(4) El saldo neto negativo que proceda de ganancias o pérdidas patrimoniales de 2013 y 2014 derivadas de transmisiones patrimoniales cualquiera que sea su periodo de generación que estén pendiente de compensar a 1 de enero de 2015 se compensan a partir de esa fecha en la base imponible del ahorro. Por tanto, las pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales adquiridos con menos o más de un año de antelación que durante estos ejercicios (2013 y 2014) se integraron en la base imponible general pierden esa calificación originaria a efectos de la compensación para compensarse en la base imponible del ahorro.

Un saludo.