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Voy a vivir a Japón, dudas fiscales

2 respuestas
Voy a vivir a Japón, dudas fiscales
Voy a vivir a Japón, dudas fiscales
#1

Voy a vivir a Japón, dudas fiscales

Buenos días,

Es el primer post que publico en este foro y puede que no lo esté publicando en el lugar correcto o puede que mi consulta no pueda ser solucionada aquí. En todo caso saludar a la comunidad y pedir disculpas por adelantado si posteo en un lugar incorrecto.

El próximo año me voy a vivir a Japón, inicialmente habiendo hablado con mi empresa no ha quedado muy claro si mi relación laboral podría continuar a distancia, trabajando desde casa por internet. Si la empresa aceptase, me surgen varias dudas.

¿Es posible ser asalariado en España pero residir en Japón?

¿He de tributar en ambos países la renta que perciba?

¿La declaración de la renta en España la puedo hacer desde Japón?

Cuando me jubile, si he trabajado en una empresa española y otra japonesa, ¿puedo percibir dos pensiones?

Gracias de antemano si alguien puede responder a alguna de mis dudas. Tengo pensado ir a una asesoría, pero como todavía es un proyecto para el año que viene me gustaría tener opiniones de varias personas a poder ser para tener la máxima información y hacerlo todo lo más correcto posible para evitar inconvenientes en el futuro.

Saludos cordiales.

#2

Re: Voy a vivir a Japón, dudas fiscales

No creo que haya ningúna inconveniente legal para trabajar desde otro país si lo acuerdas con la empresa, cada vez hay más gente que lo hace.

la declaración de la Renta, como se hace por Internet, la puedes presentar desde donde quieras, si tienes certificado digital por ejemplo.

La tributación en solo uno de los países o en ambos, depende de cómo se defina la residencia fiscal en cada país (por ejemplo en España: nº de días que pasas aquí, si dejas aquí a la famlia, si tu centro de intereses económicos está aquí, lo que ocurriría si sigues trabajando para una empresa española) y del convenio de doble imposición, para dirimir en qué país eres residente si de acuerdo a ambos lo eres, y para dirimir dónde tributan las rentas del trabajo (solo donde resides o en ambos países);deberías empaparte de estos temas si finalmente te marchas:

http://www.hacienda.gob.es/Documentacion/Publico/NormativaDoctrina/Tributaria/CDI/BOE_Japon.pdf

 

Para las pensiones, sí puedes cobrar 2 pensiones; hay un convenio entre España y Japón, similar al que existe en la Unión Europea: normalmente cada país te calcula la pensión de 2 maneras y toma la mejor opción: como si solo hubieras cotizado en él, y un segundo cálculo teniendo en cuenta las cotizaciones en el otro país y toma la parte proporcional de la cantidad que sale, de acuerdo al número de años que hayas cotizado en el país sobre el total:

https://www.mofa.go.jp/ICSFiles/afieldfile/2008/11/13/2011_SegEs.pdf

 

 

#3

Re: Voy a vivir a Japón, dudas fiscales

Muchas gracias por la respuesta, me ha dejado las cosas más claras.