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Socorro

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Socorro
Socorro
#1

Socorro

Buenas tardes.

Le hice a una clienta una estimación en módulos en mi programa y le generé los impuestos para este segundo trimestre para decirle los impuestos de lo que pagaría en un trimestre normal (este trimestre la dí de alta el 29-6-2.018 en Reg. Gral), pero finalmente le convencía más el régimen general y la dí de alta como he dicho antes, en regimen general.

Los impuestos se quedaron generados y un colaborador mío los presentó (en estimación objetiva)

Tengo entendido que el primer impuesto que presentas en tu actividad, si lo presentas en est.objetiva ya tributa así durante los prox. 3 o 4 años ¿no es así?

¿Tendría la posibilidad de presentar un MOD 303 y 130 (es esteticién)? y ¿un escrito diciendo que ha sido un error? ¿y si la doy de baja en la obligación del 131 y 303 simplificado (aunque nunca le di de alta esas obligaciones?

Madre mía la que hemos liado en un segundo por falta de comunicación. Socorroo!! Necesito ayuda

#2

Re: Socorro

Lo primero, saber que es lo que se ha dicho a hacienda mediante el 036.

Eso es lo primero que marca obligaciones.

Si en el 036 está dicho que se acoge al régimen general, y por tanto, renuncia a estimación objetiva, entonces sí o sí, hay que ser consecuentes y presentar y liquidar adecuadamente los 130 y 303 general.

Como al parecer ya está presentado y domiciliado un 131 y un 303 simplificado para el viernes, hay que atender también ese pago. Y solo tras haber efectuado los dos pagos, presentar el escrito en hacienda, donde se reclame, por una parte, la solicitud de ingresos indebidos, y por otra, la nulidad de cualquier procedimiento de alta de oficio en estimación objetiva-simplificada, que contradijera lo declarado en el 036.

Ya está liada, solo cabe liarla aun un poco más para demostrar buena fe, y mero error material. Y que prevalezca lo previamente declarado en el 036.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!