Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Exención salario extranjero - doble imposición

8 respuestas
Exención salario extranjero - doble imposición
Exención salario extranjero - doble imposición
#1

Exención salario extranjero - doble imposición

Buenas tardes,

Tengo una duda con la doble imposicion. 

Me fue a vivir a UK, empecé a trabajar a mitad de Julio 2017. Como llevo más que 183 dias en España, tengo que presentar la renta.
Ahora, si incluyo mis ingresos de UK, incluyéndolos en la casilla 505, me sale devolver una barbalidad (varios miles de euros) y esto no me parece razonable.

Mi duda es si tengo que declarar mis ingresos de UK? No estan exentos, ya que estos ingresos son menos de 60.000?

Muchas gracias

 

 

#2

Re: Exención salario extranjero - doble imposición

Es el famoso tema de la exención por el artículo 7.p, hay bastante escrito en el foro sobre el tema, consúltalo. Si estás trabajando en una empresa no residente en España, aplicaría la exención probablemente.

Adicionalmente, tengo dudas de que seas residente fiscal en España: en UK el año fiscal va de 6 de abril a 5 de abril, por tanto también has pasado allí más de la mitad del año, y en tal caso, de acuerdo al convenio de doble imposición,  se mira dónde tienes vivienda a tu disposición para dirimir en qué país eres residente (imagino que será en UK; si estás aun viviendo allí). Si es así, tendrías que presentar el IRNR (renta no residentes) por lo que hubieras ingresado aquí y el equivalente al IRPF en UK.

#3

Re: Exención salario extranjero - doble imposición

Gracias pr la respuesta! Voy a seguir mirando el tema del 7p, y el IRNR.

Dos dudas mas: 

 "aplicaría la exención probablemente"... de que depende esto entonces?  La empresa es de UK.

"vivienda a tu disposición" ... sigo viviendo y trabajando en UK, pero tengo una vivienda en Madrid, esto influye?

 

 

 

 

 

#4

Re: Exención salario extranjero - doble imposición

Yo creo que sí tendrías derecho a la exención del 7.p, dado que la empresa es extranjera. Pero puesto que esta exención se ha convertido en un agujero bien gordo para Hacienda, pues desde la crisis ha aumentado muchísimo el número de personas que han salido fuera a trabajar, o que son enviadas al extranjero por empresas españolas, parece que Hacienda está muy quisquillosa con este tema, aunque suele poner pegas en el caso de ser trabajadores desplazados por empresas españolas.

Lo de tener una vivienda en Madrid, al final hay varios criterios en el convenio:

http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-5171

"2. Cuando en virtud de las disposiciones del apartado 1 una persona física sea residente de ambos Estados contratantes, su situación se resolverá de la siguiente manera:

a) se la considerará residente exclusivamente del Estado donde tenga una vivienda permanente a su disposición; si tuviera una vivienda permanente a su disposición en ambos Estados, se la considerará residente exclusivamente del Estado con el que mantenga relaciones personales y económicas más estrechas (centro de intereses vitales);"

 

Es decir, en caso de tener vivienda en los 2 países, es donde obtengas la mayoría de tus ingresos, esté tu familia...

En cualquier caso, te diría que consultes con otros expatriados este tema, pues las autoridades fiscales suelen pedir certificados de que estás dado de alta en el otro país.

Y en el caso de la vivienda que tienes en Madrid, hace unos días comentaba una persona en el mismo caso que tú en el foro que le han hecho declarar por todo el año la imputación de rentas en la vivienda que tiene en España, ya que como no residente no existe el concepto de "vivienda habitual", y aunque estuvo viviendo parte del año en España hasta que se marchó, Hacienda considera que debe declarar en el IRNR imputación de rentas del inmueble por todo el año.

 

#5

Re: Exención salario extranjero - doble imposición

Supongo que con "devolver", te refieres A INGRESAR.

Yo, en tu caso, y sin que sirva como una ley absoluta, presentaría esta renta como residente en España (la última), pero no metería las rentas de UK considerando que entran en el art. 7p. A partir de entonces, como residente en UK, solo haría la de España por el IRNR si tuviera obligación por seguir obteniendo rentas en España. Aprovecha para poner tu domicilio en el extranjero.

Entiendo que es lo más fácil y que menos discusión va a tener.

Un saludo

#6

Re: Exención salario extranjero - doble imposición

 

Perfecto, me parece razonable.

Asi que simplemente no incluyo mis ingresos de UK en mi renta. No tengo que hacer nada mas para aplicar el 7p, correcto?

( si, devolver = a ingresar :D) 

Muchas gracias!

 

 

#7

Re: Exención salario extranjero - doble imposición

Eso es, no se meten y ya está.

Un saludo

#8

Re: Exención salario extranjero - doble imposición

Muchas gracias de nuevo, ha sido de gran ayuda!

 

#9

Re: Exención salario extranjero - doble imposición

Ahora me ha salido otra duda: en algunos sitios pone que solo tengo derecho de exención si he sido desplazado por mi empresa, pero no si dejo el trabajo en ES y empiezo en UK. Es así?