Acceder

Duda sobre pago del Impuesto de Plusvalias en herencias (Madrid)

1 respuesta
Duda sobre pago del Impuesto de Plusvalias en herencias (Madrid)
Duda sobre pago del Impuesto de Plusvalias en herencias (Madrid)
#1

Duda sobre pago del Impuesto de Plusvalias en herencias (Madrid)

Buenos días a todos.

Voy a intentar exponeros el caso de la manera mas clara y sucinta posible.

En 1963 mis abuelos adquirieron un piso en régimen de gananciales en Madrid capital. Tenían una sola hija, mi madre. No hubo más descendencia ni dentro ni fuera del matrimonio.

En 1979 mi abuelo falleció sin haber testado, no se realizó ningún trámite referente a la herencia.

Actualmente, 2018, mi abuela sigue viviendo en el piso, pero se encuentra muy delicada de salud y es inminente que se traslade al domicilio de mi madre, por lo que han decidido arreglar la situación de la vivienda y la herencia en general poniendo la casa a nombre de mi madre en el 50% que le corresponde.

En principio al ser un bien ganancial y haber fallecido mi abuelo sin testamento pero aun vivir mi abuela, entiendo que el 50% del piso siguió siendo de mi abuela y el 50% de mi madre que como única descendiente pese a no haber testamento, hereda en el momento de fallecer su padre. (Corrijanme si me equivoco pues soy lego en Derecho).

Ahora la duda que me surge cuando vamos a escriturar ese 50% al nombre de mi madre, es si hay que pagar plusvalias por ello. Al haber muerto en 1979 me consta que Sucesiones quedó ya prescrito pero me surge la duda de si también ha prescrito la plusvalia. De nos ser así entiendo que se pagaría con efectos del día del fallecimiento de mi abuelo (14/12/79) respecto del día que compró la casa (01/02/1963) y que cuando fallezca mi abuela el restante 50% que herede mi madre, en ese caso ya no prescrito con toda seguridad, deberá pagarse con efectos desde la fecha de compra (01/02/1963) a la del fallecimiento de mi abuela (aunque creo que quedaría limitada a los últimos 20 años).

Estoy en lo cierto? 

#2

Re: Duda sobre pago del Impuesto de Plusvalias en herencias (Madrid)

Buenas tardes:

En estos momentos no tienes plusvalía por la parte de tu abuela. Después de 20 años no son 20 sino cero.

Existe una reforma en el Congreso que parece que va a decir que después de 20 van a ser 20 años. Esa reforma tiene que aprobarse y será el coeficiente el que marque la cuantía del impuesto.

Si tu abuela se va trasladar al domicilio de tu adre le puede donar el 50 % suyo y la plusvavía es CERO (0). Pero lo tenéis que hacer antes de que se apruebe la reforma del Texto Refundido de la Ley Reguadora de Haciendas Locales.

La donación de padres a hijos, en Madrid,  es posible que sea el 1%, pero eso lo tienes que comprobar.

Saludos.