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Pago de Plusvalía

11 respuestas
Pago de Plusvalía
Pago de Plusvalía
#1

Pago de Plusvalía

Catastro me ha modificado los valores catastrales y viene definido por un lado el valor  catastral  como 15.280,28, por otro llado valor catastral suelo 6762,31 y por último el valor catastral de construcción 8517,97  y mi  pregunta es que valor es el que se tiene que tomar para liquidar el impuesto de plusvalía.

Agradecida por su atención

 

#2

Re: Pago de Plusvalía

Lo que debes pagar por plusvalia al vender una propiedad, lo calcula el ayuntamiento en base al valor del suelo, los años y un escalado que puedes encontrar en las tasas municipales de tu ayuntamiento.

Por el poco valor de la construccion, imagino que sera un local.

#3

Re: Pago de Plusvalía

Tengo que pagarlo porque he de hacer aceptacion herencia  respecto de  mi esposo fallecido y pagar el impuesto sucesiones y plusvalia de una casa que estaba a nombre de los dos.

Como no estaba de acuerdo con las valoraciones de catastro, reclamé y en la resolución  veo que lo especifican por separado

Entonces entiendo que no se ha de sumar al valor catastral del suelo el valor de construcción, es así?

Se tiene que pagar antes el impuesto de sucesiones que el de plusvalía o es indiferente

Gracias

#4

Re: Pago de Plusvalía

se trata de una casita muy pequeña en una zona pendiente de reurbanización 

#5

Re: Pago de Plusvalía

Buenas noches:

Si lo habéis tenido más de 20 años en vuestro poder no tiene plusvalía municipal. 

STC 59/2017, la plusvalía ficticia o potencial solamente se da en el período de 1 a 20 años. Después no hay plusvalía potencial.

Páarafo 3 y 4 del Fundamento 3 de la STC 59/2017. La transmisión no es suficiente. Al menos, tiene que materializarse el incremento de valor potencial, que no lo hace fuera del período de 1 a 20 años. Ni antes de 1 año, ni después de 20 años se manifiesta el incremento potencial. No se sabe, porque no está puesto por el legislador, que es el único autorizado a ponerlo. 

Saludos.

 

 

 

#6

Re: Pago de Plusvalía

Hola buenos días

Hace 16 años que tenemos la casa y no se como se puede saber si realmente se ha producido un incremento del valor potencial. Es una urbanización muy abandonada que estan previstas y aprobadas unas mejores muy importantes, motivo por el cual tendremos que desembolsar bastante dinero .

por otra parte tengo que acudir al ayuntamiento para reclamar por los importes  cobrados de más en el Ibi el periodo de 5 años al haber iañadido metros que no existen en la regularización catastral y que han corregido por recurso que presente, es por eso que preguntaba si puedo liquidar el plusvalía sin esperar a hacer la aceptación de herencia que tengo cita en notaria  para los próximos días

Saludos.

 

 

 

#7

Re: Pago de Plusvalía

También me gustaría saber cual es de los tres valores es el que se tiene en cuenta para calcular el plusvalía , expresado así:

 

 

#8

Re: Pago de Plusvalía

Valor catastral de la construcción 8517,97, valor catastral del suelo 6762,31 y valor catastral 15280,28 que es la suma de los dos conceptos 

Gracias

 

#9

Re: Pago de Plusvalía

Buenas noches:

Por tenerlo 16 años se ha materializado un incremento potencial o ficticio.

Pero si el incremento real no se se ha producido puede anualar el incremento potencial. Eso lo tendrías que demostrar. 

Si el dato que das es el valor total del suelo y corresponde a dos titulares. La herencia del 50 % podría tener un gravamen de:

3381,15 x 16 año 3/100 año x 30/100 gravamen = 487 €. 

Si tienes medios para demostrar que no ha habido incremento no hay impuesto.

Saludos. 

#10

Re: Pago de Plusvalía

Muchaas gracias por su respuesta, me ha quedado claro que el valor que toma para el cálculo es el del suelo y he entendido muy bien como se realiza el cálculo

Respecto si no ha  habido incremento real, no se como se puede demostrar

Saludos

#11

Re: Pago de Plusvalía

Buenas noches:

Tiene quee el ser Ayuntamiento el que demuestre que ha habido incremento de valor.

La tabla del art. 107-4 no la puede aplicar, ya que tiene que demostrar que el valor real es superior a esa tabla.

Si hace 16 años, hay dos modos. 

Si la vendes lo marca el IRPF. Si no es venta marca el catastro el precio que tienes que comparar.

Tienes el precio de hace 16 años  y el de hoy, que losmarca el catrastro, le aplicas la fórmula del IRPF y esa es una estimación válida y oficial. 

Ahí, se tiene en cuenta el caso de la inflación. Pero a lo mejor no sirve porque los valores del catastro han subido para hacer pagar más de impuesto de IBI. Es decir, que puede que supere el incremento de la tabla del art 107-4 de la TrLRHL. 

Otra forma, es que el precio de la vivienda de hace 16 años sea mayor que el de ahora.

Aquí tienes una página.

http://www.tambolsa.es/2015/11/vivienda-el-precio-toca-niveles-de-1991_21.html

Esto no es oficial, pero puede haber alguna estimación oficial. que entonces si que es válida.

Saludos. 

#12

Re: Pago de Plusvalía

Agradecida por la información

saludos