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Renta ejercicio 2017. Inmueble procedente de una herencia

5 respuestas
Renta ejercicio 2017. Inmueble procedente de una herencia
Renta ejercicio 2017. Inmueble procedente de una herencia
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#1

Renta ejercicio 2017. Inmueble procedente de una herencia

Buenos días y saludos al foro ya que soy nuevo en estos lares.

Para empezar quisiera hacer una consulta sobre la parte de un inmueble que heredé con motivo de una partición que hicimos (aclaro, éramos 5 herederos) y que después procedimos a su venta. Todo ello el año pasado 2017. Se llevaron a efecto todas las formalidades procedentes (notaría, escrituras, etc.) y se formalizó el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Digo se formalizó porque no procedía el pago de dicho impuesto ya que había prescrito debido al tiempo transcurrido entre el fallecimiento del testador y la aceptación por así decirlo de la herencia. No sé si lo digo bien pues soy lego en materias legales. También aclaro que el valor que se le dió al inmueble en la partición y aceptación de herencias fue el mismo por el cual se procedió a su enajenación.

Ahora toca hacer la declaración de la renta de 2017 y me veo en la tesitura de que no sé muy bien como encajar el hecho en la misma ya uno no hereda cosas todos los días como comprenderan. Sé o creo que es así que el hecho de la herencia no figura en IRPF como tal puesto que se declara por medio del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Pero sí, en cambio se imputan las rentas procedentes de la venta. Sé que en el apartado "Ganancias y pérdias patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales" hay que hacer figurar el valor de transmisión y de adquisición y aquí vienen mis dudas... ¿Qué pongo en dichas casillas teniendo en cuenta no se ha satisfecho nada por el ISD? El valor que figura en dicho impreso ???

En fin, esta es mi consulta. Gracias por adelantado.

Un saludo.

#2

Re: Renta ejercicio 2017. Inmueble procedente de una herencia

A falta de un valor declarado en el año del fallecimiento, tendrás que poner el de la declaración prescrita. Ahora bien, puede que no cuele, puesto que ese valor es probable que sea adecuado al año del reparto y no al del fallecimiento. Si lo comprueban tendreis problemas para justificar ese valor. Que quede claro que la fecha de adquisición es la del fallecimiento, no la adjudicación.

#3

Re: Renta ejercicio 2017. Inmueble procedente de una herencia

Buenos días,

Gracias por responder a mi mensaje. Sin embargo, el fallecimiento se produjo más de treinta años y a mi parecer la diferencia entre el valor de mercando de los pisos de entonces a los de ahora han variado más que sustancialmente y más en según que regiones por lo que supongo que habrá algún tipo de actualización que adapte la enorme diferencia que se produciría entre aplicar el valor de aqquisición a la fecha de fallecimiento y el valor de transmisión actual por la que se ha vendido el inmueble con lo que la "ganancia" patrimonial obtenida sería irreal a todas luces.

Un saludo

#4

Re: Renta ejercicio 2017. Inmueble procedente de una herencia

Si no podéis justificar el valor de hace 30 años, tenéis un problema, probablemente os tomen como valor de adquisición cero, y consideren todo el precio de venta como ganancia. Como ayuda se me ocurre intentar averiguar el valor catastral de ese año, ese sería un valor del que partir, mejor que cero.

#5

Re: Renta ejercicio 2017. Inmueble procedente de una herencia

Gracias por responder. Tenemos algo que se llama Valor Mínimo Atribuible (VMA) a los bienes inmuebles de Bizkaia dado que el inmueble está y se adjudicó en esa comunidad.

Saludos

#6

Re: Renta ejercicio 2017. Inmueble procedente de una herencia

Si puedes averiguarlo, pero a fecha de fallecimiento, utiliza ese.