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Tributacion de vivienda okupada

6 respuestas
Tributacion de vivienda okupada
Tributacion de vivienda okupada
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#1

Tributacion de vivienda okupada

Buenas, el tio de mi mujer construyó hace años una vivienda ilegal en terreno rustico para una hija suya, lo hizo en una parcela que mi mujer creia era lindera con la suya, al regularizar el catastro las viviendas en suelo rustico descubrimos que el terreno donde esta la vivienda es parte de la parcela de mi mujer (su tio se habia apropiado de el) y el catastro le imputa la propiedad de la vivienda a mi mujer por lo que ha tenido que pagar la tasa de regularizacion, el IBI de los ultimos cuatro años ajustado al nuevo valor catastral (ella ha ido pagando puntualmente el IBI de la parcela).

Teniendo en cuenta que a pesar de figurar mi mujer como propietaria de la parcela no tiene el uso y disfrute de la misma por estar ocupada por la hija del tío de mi mujer, ¿como tributaria en la renta esa vivienda? ¿a pesar de no disponer del uso y disfrute de la vivienda, debe reflejar en la renta esa vivienda como segunda vivienda?

Gracias


 

#2

Re: Tributacion de vivienda okupada

La Agencia Tributaria, se rige en estos casos por lo que le transmite la Oficina del Catastro.

Y en mi opinión si no demuestras lo contrario lo que hay construido en tu terreno, es tuyo. 

Artículo 361

El dueño del terreno en que se edificare, sembrare o plantare de buena fe, tendrá derecho a hacer suya la obra, siembra o plantación, previa la indemnización establecida en los artículos 453 y 454, o a obligar al que fabricó o plantó a pagarle el precio del terreno, y al que sembró, la renta correspondiente.

Código Civil.

Un saludo.

#3

Re: Tributacion de vivienda okupada

Gracias Batiscafo, pero respecto a la tributacion normalmente si no disfrutas del usufructo por cesión a un tercero no tributas por esa segunda vivienda en la declaracion de la renta y me preguntaba si este supuesto en el que mi mujer no dispone del usufructo de manera contraria a su voluntad tambien estaria exento de tributacion como segunda vivienda,

#4

Re: Tributacion de vivienda okupada

Si no demuestras lo contrario, tu mujer dispone de la propiedad y del usufructo.

Otra cosa es que no la quiera ejercer.

Y todo, salvo mejor opinión.

Un saludo.

#5

Re: Tributacion de vivienda okupada

Buenas de nuevo, si demostrarlo se puede demostrar con las diligencias judiciales, en ellas se refleja todo y que en la casa vivien sin ningun tipo de autorizacion por parte de mi mujer la hija del tio de mi mujer, de echo en la demanda se solicita que se devuelva el terreno a su estado original, manifestando la disconformidad con la construccion irregular y con la ocupacion de la vivienda.

Saludos

#6

Re: Tributacion de vivienda okupada

Entonces puede que eso sea suficiente demostración. Si existe litigio y se encuentra el asunto judicializado, tendrás toda la documentación.

Pero lo importante es que sea suficiente para la Agencia Tributaria, que en principio se va a guiar por lo que le comique la Oficina del Catastro.

Un saludo.

 

 

#7

Re: Tributacion de vivienda okupada

Muchas gracias, un saludo.