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Comprar vivienda a traves de sociedad para convertir en hotel

9 respuestas
Comprar vivienda a traves de sociedad para convertir en hotel
Comprar vivienda a traves de sociedad para convertir en hotel
#1

Comprar vivienda a traves de sociedad para convertir en hotel

Me gustaria me dieran su opinion sobre la siguiente operacion...

Hemos creado una sociedad para comprar una vivienda de segundamano y convertirla en hotel de interior, el tema es que hay gestores que me indican que en la compraventa podemos solicitar ir por iva y no por itp, y en este caso pedir la exencion ya que tendremos un iva repercutido y otros que esto no es posible.

Me gustaria saber su opinion, gracias.

 

#3

Re: Comprar vivienda a traves de sociedad para convertir en hotel

Muchas gracias por su rapida respuesta, y mas en dias festivos como hoy.

Lo que dice hacienda ya lo habiamos leido, el problema es que unos gestores lo interpretan de una manera y otros de otra.

Estoy hecho un lio.

Muchas gracias.

Felices fiestas.

#4

Re: Comprar vivienda a traves de sociedad para convertir en hotel

Si vas a dedicarlo a actividades no exentas (e.g. alojamiento), renuncia a la exención del IVA y así te autorepercutirás IVA.

Sin conocer más detalles, no sé dónde está la duda...

PD: "Hotel de interior" es "AirBnB"?

#5

Re: Comprar vivienda a traves de sociedad para convertir en hotel

No, hotel de interior no es alquiler vacacional, ni airbnb, es Hotel.

La duda está en que me dicen que al comprar una VIVIENDA usada a un particular no un local, las viviendas tienen que tributar por ITP, y no pueden hacerlo por IVA..

Otros gestores me indican que al ser nosotros una sociedad, podemos como tu indicas autorepercutirnos el iva

El problema que ven los primeros es que compramos una vivienda y despues tenemos que cambiar el uso a Hotel, con lo cual compramos una vivienda usada y estas estan sujetas a ITP.

Como lo ves?

Muchas gracias...

 

 

 

#6

Re: Comprar vivienda a traves de sociedad para convertir en hotel

Es un inmueble, Hotel de interior no es un concepto juridico fiscal. Por tanto...Las variables se la ecuación son:

a) Si las partes intervinientes son personas físicas o jurídicas y que tengan o no la condición de empresarios o profesionales.
b)  si la transmisión del inmueble es la primera o posterior (primera venta)

Si es primera transmision va con IVA. No parece que sea tu caso asi que a jugar con la otra variable (persona jurídica). Que a su vez se puede descomponer en:

1) Transmisión que se efectúa entre personas físicas no empresarios ni profesionales (ninguno empresa).- Al no ser primera venta...No se repercute IVA, y en su lugar el adquirente debe de liquidar el ITP.

2) Transmisión  entre empresarios o profesionales y personas físicas NO empresario (adquirente particular).- Si es primera transmision va con IVA si es segunda o posterior ITP.

3) Transmisión que se efectúa entre dos empresarios y/o profesionales (los dos empresa). En las transmisiones entre dos empresarios y/o profesionales se pueden dar varios casos:

3.a) Que se trate de una primera transmisión. En este caso el transmitente repercutirá al adquirente el IVA al tipo que proceda.

3.b) se trate de una segunda transmisión o posterior. En este caso las transmisiones están sujetas pero exentas, y pueden darse dos circunstancias:

3.b.1) Que se renuncie a la exención del IVA.-Si se renuncia a la exención la operación está sujeta pero no exenta del IVA, aunque este no se repercute en la factura, y en su lugar se ha de hacer constar en la misma la expresión “Operación con inversión del sujeto pasivo conforme al Art. 84 de la Ley del IVA 37/1992.”. Para evitar problemas es recomendable que la renuncia a la exención se haga constar en la propia escritura de compra-venta.

3.b.2) Que no se renuncie a la exención del IVA.- Si no se renuncia a la exención la operación estará sujeta pero exenta del IVA, por lo que el adquirente liquidará el ITP.

Si ambas partes sois empresa, una correcta aplicacion de la exención  puede ahorrar (fiscalmente) en torno al 10%. Otra cosa es que sea local o nave o estemos en el mundo de los terrenos no edificables, pero no parece que sea el caso.

Los raro es que esos gestores no digan eso. Porque eso, es lo que dice Hacienda en el enlace que se puso más arriba. Otra cosa es que ellos tengan mas info de la que por aquí se pone. Con lo que aportas en el post, asi es como funciona.

Salud.

#7

Re: Comprar vivienda a traves de sociedad para convertir en hotel

Si es un particular (NO profesional), la transmisión estará sujeta y no exenta a TPO.

Pero como dice el compañero E.delvalle, o hay algo que no nos estás contando o es inexplicable que quepa otra conclusión.

#8

Re: Comprar vivienda a traves de sociedad para convertir en hotel

Bueno, posiblemente soy yo que no me se esplicar bien, o no se ver mi situacion en lo que me esplicais.

Yo si soy empresario, y la compra la vamos a realizar a traves de una sociedad, pero el vendedor es particular, es como me has apuntado en el punto 2 pero al reves.

No se esto como afecta.

Un saludo y muchas gracias.

#9

Re: Comprar vivienda a traves de sociedad para convertir en hotel

Si vende un particular es TPO sí o sí. Contrata a un abogado de verdad si no quieres tener problemas (no gestores).

Un saludo.

#10

Re: Comprar vivienda a traves de sociedad para convertir en hotel

Buenas tardes

¿Y si primero le alquilas la vivienda?

El vendedor, ahora arrendatario se debe de dar de Alta como empresario a efectos de liqwuidar el Iva

Y una vez que el vendedor ya es empresario

¿Podrías acogerte a la renuncia de la exención del Iva?

Un saludo