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Arrendamiento propiedad compartida

12 respuestas
Arrendamiento propiedad compartida
Arrendamiento propiedad compartida
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#1

Arrendamiento propiedad compartida

Hola buenas tardes.
Yo tengo un 20% de una propiedad compartida con otras dos personas por causa de una herencia. No tengo muy buena relacion con estas y temo que dicha propiedad sea puesta en alquiler sin contar conmigo, aunque mi miedo es que lo hagan de manera ilegal y luego hacienda me pida cuentas a mi de algo que no he ganado.
En hacienda no me comentan mucho, que esté pendiente de la casa y que si veo un movimiento extraño me ponga en contacto con los demás propietarios mediante burofax pidiendoles explicaciones, y que con este por lo menos me libro de multas e intereses.
Mi pregunta es la siguiente, si veo que en esa casa vive gente y mediante burofax pido explicaciones ante el cual me niegan que este alquilado, siendo esto falso ( pues no me fio ni un pelo y desconfio al 100% de mis copropietarios), y con el tiempo sale a la luz un contrato o algun recibo con alguna de sus firmas, ante hacienda que responsabilidades tendría yo?, me tocaría pagar como si hubiera recibido mi parte de la renta, aunque creo que queda demostrado que no es asi, y despues de pagar exigirles lo que me toca? Por mi se pueden quedar ellos con todo el dinero, pero creo que según me han dicho al ser uno de los propietarios de esa casa la ley me pide cuentas a mi tambien.
Espero impaciente una respuesta pues temo que como me pidan pagar por algo que no he recibido no pueda hacerlo, y me daría algo si me quitaran por culpa de otros, que ya me la han liado en otras ocasiones, mi casa, por ejemplo, ganada con el sudor de mi frente y sin ayuda de nadie.
Muchisimas gracias por su atención y un amable saludo.

#2

Re: Arrendamiento propiedad compartida

No responderé por el tema fiscal porque no me considero experto para hacerlo, pero una cosa solo, sabes que en casos de propiedad compartida, con que 1 solo de los propietarios desee deshacer la comunidad de bienes, se está obligado a ello, es decir que si quieres que se venda el bien, los otros dos no pueden negarse a ello, quizá es un tema que acabe en sede judicial, pero este derecho lo tienes, lo digo pq pintas el tema tan de "mal rollo" que igual te compensa quitarte el tema de encima vendiendo la propiedad.

Saludos.

#3

Re: Arrendamiento propiedad compartida

Fiscalmente no hay mucho que comentar... y es que entramos en terreno de valoraciones subjetivas... de quién esté al otro lado de la mesa en el caso de comprobación... y es que aunque todos son personas, cada una de ellas es un mundo totalmente distinto.

Los propietarios de la vivienda formáis lo que se llama una entidad en régimen de atribución de rentas, traducido a efectos del IRPF, los rendimientos que obtengáis os lo repartís en proporción a vuestra cuota de cotitularidad.

Si la vivienda está arrendada, a tí te corresponde un 20% del rendimiento neto, pero si ni tan siquiera sabes si está arrendada... Personalmente creo que cuanta más documentación consigas mejor. Me parece acertado lo del burofax o un requerimiento notarial, solicitando contestación por escrito en la que te indiquen si existe algún rendimiento.

En caso negativo o de no contestación, en mi opinión, al menos deberías de incluir en tu declaración la renta inmobiliaria imputada por la tenencia de ese 20%. El valor catastral, que es lo que necesitas para ello, te lo pueden facilitar en Hacienda. De esta forma, junto con la documentación reunida, la Administración y la persona del otro lado de la mesa, tendrán que reconocer que no ha existido intento de ocultación por tu parte, y que estás dispuesto a cumplir con tus obligaciones tributarias.

No obstante, todo lo anterior, me pensaría de forma muy seria el consejo de Txemapres.

Saludos.

#4

Re: Arrendamiento propiedad compartida

Txemapres, como veo que conoces un poco de esto me atrevo a hacerte una pregunta :
¿Sabes si este caso se da igualmente si no existe escritura de la vivienda y después no se ha hecho aceptación de la herencia por parte de los herederos?
Te lo comento porque al morir mis abuelos no hay papel alguno de la casa más que el del recibo del IBI y tasas municipales que pagamos entre mi tio y yo y no se ha hecho aceptación de herencia por llevarse mal casi toda la familia y a mi me interesa vender mi parte ya no por lo que me vayan a dar porque está casi en ruina sino porque como se le caiga a alguien le tejado encima voy a tener responsabilidad civil aunque sea compartida con el resto de herederos, aunque no se si será así ya que como he dicho no se ha hecho nada ante notario.
Gracias y saludos.

#5

Re: Arrendamiento propiedad compartida

Yo en un caso así no dudaría en ir a un abogado. Desconozco si el tema de la escritura es importante, aunque si no hay aceptación de la herencia no veo cómo esa casa puede ser tuya. En mi familia ocurrió un caso similar, aunque sí había escrituras. No hubo acuerdo entre los herederos y al final la casa se subastó, y el dinero se repartió entre ellos. Lo que más nos preocupaba era precisamente la responsabilidad civil pues la casa era bastante antigua.

#6

Re: Arrendamiento propiedad compartida

Es que si no hay aceptación de herencia la casa no es vuestra, con lo que si se alquila legalmente no podéis hacerlo pq no podéis alquilar algo que no es vuestro, eso por un lado.

Lo que hay que hacer,aparte de ir a un abogado como muy bien te recomiendan por aquí, ya que para los trámites mejor contar con 1, es aceptar la herencia (piensa que con la reforma fiscal las herencias no muy grandes casi no pagan impuestos a no ser que haya legislación autonómica distinta) y que se commine al resto de herederos a hacer lo mismo, tienen que pronunciarse, el plazo no lo recuerdo pero existe, y una vez aceptada venderla, sino aceptas la herencia, insisto no es tuya, peeeeeero si hubiera algún "marrón" creeme que te irían a buscar por haber seguido pagando impuestos,etc. se podría considerar que has aceptado tacitamente, vamos que como lo tienes ahora, ningún beneficio todo perjuicios, pero vete a un abogado y soluciona ese tema ya.

En Catalunya era habitual que los papeles de la herencia, si había buen rollo entre herederos o solo había 1 se dejarán de hacer hasta que se llevara 20 años creo que era, ya que entonces los impuestos no existían o eran mucho más bajos, pero si no hay buen rollo, se tiene que hacer el trámite cuanto antes mejor.

Saludos.

#7

Re: Arrendamiento propiedad compartida

Muchas gracias a Luke 78 y a ti Txemapres por aportar vuestro conocimiento desinteresadamente, de verdad...gracias por haberos molestado.
Imaginaba algo como lo que habeis dicho, que sin aceptación de herencia no hay tal, la casa, casi en ruinas calculo no valdrá más de 20000 euros y eso por el terreno porque por lo demás está caida practicamente.
Pero hemos hecho los tontos mi tio y yo por estar pagando más de 20 años gastos de dicha casa para que no la embargaran, pero dado que la familia no da la cara lo mejor es no pagar ya nada y que la embargue el Ayuntamiento o la Diputación, en este caso de Toledo, porque si movemos el tema nos vamos a gastar más en trámites y demás que lo que vale, aparte que al no estar ya la primera linea sucesoria, esto es los hijos, ya con nietos la cosa se complica más aún, así que ya lo perdido perdido está pero ya se acabó el pagar tontamente para nada.
Reitero mi agradecimiento por la buena disposición que existe por parte de los foreros en Rankia.
Saludos.

#8

Re: Arrendamiento propiedad compartida

Si la herencia no contenía nada más que esa casa, siempre puedes renunciar a ella, y listos, vas a un notario, renuncias a la herencia, o la aceptas a beneficio de inventario, y te quitas un problema de encima para el futuro, más que nada por si al ayto le da por decir que la casa es vuestra pero que no habéis escriturado y tal.

P.D. de nada, que para eso esta esto, un día ayudo yo, otro me ayudan a mi, quid pro quo.