Cuotas seguridad social en estimación objetiva y baja maternidad
Una mujer autónoma que tiene un comercio de venta al por menor de textil y está en estimación objetiva. En enero de 2016 da a luz y está de baja 6 meses (el niño nació prematuro y con muy bajo peso y por eso tiene esa baja más larga por maternidad). Entiendo que tiene derecho a los 1.200 de deducción por maternidad. El dinero que cobra de la Seguirdad Social por la baja maternal tiene que ponerlo en la declaración de renta como rendimientos de trabajo, hasta ahí bien. La cuestión es la siguiente, ¿tiene derecho a deducirse esos 6 meses de sello de autónomo ( 267,03x6= 1.602,18 euros, los 6 meses que estuvo de baja maternal) como cotizaciones a la Seguridad Social en el apartado de rendimientos del trabajo?. Se que los autónomos en estimación objetiva no se deducen las cuotas de seguridad social pues se entiende que va todo incluido en el módulo pero al tener que poner lo que cobra por la baja en rendimientos del trabajo me queda esa duda.