Campensación pérdidas patrimonio por venta de fondos de inversión
Buenas tardes. Si se tienen ganacias de patrimonio por venta de fondos de inversión, dichas ganacias se suman a los intereses de las cuentas para formar la base imponible del ahorro. Por el mismo motivo, si se tienen pérdidas éstas habría que restarlas a los intereses de las cuentas. Pues no es así, las pérdidas se restan de los intereses siempre que no pasen del 15% de dichos intereses. La diferencia entre la cantidad total de la pérdida y lo que realmente te has compensado es lo que se deja para los siguientes 4 años.
Ejemplo:
Intereses de cuenta: 165,27. Pérdida patrimonial 36,95. El 15% de 36,95 es 24,79. Esta es la cantidad que se compensa con los intereses (165,27-25,79=140,48). La cantidad de 140,48 es la base imponible del ahorro. Ahora 36,95, que ha sido realmente la pérdida, menos 24,79, que es la cantidad compensada, resulta 12,16 para compensar en los próximos 4 años.
Alguien me puede explicar este galimatias. Con lo fácil que hubiera sido 165,27-36,95=128,32 de base imponible. Porque si no hubiera tenido intereses, la pérdida de 36,95 se hubieran quedado para los próximos 4 años. Claeo que igual me he equivocado en todo este razonamiento.
Muchas gracias.
Edito: Quiero aclarar que la pérdida de 36,95 es la diferencia en las plusvalías y minusvalías por la venta de dos fondos. Yo pensaba que esta diferencia era lo se descontaba de los intereses o se dejaban para los años siguiente.
Gracias.