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Impuesto de sucesiones y donaciones ¡¡Ayuda!!

2 respuestas
Impuesto de sucesiones y donaciones ¡¡Ayuda!!
Impuesto de sucesiones y donaciones ¡¡Ayuda!!
#1

Impuesto de sucesiones y donaciones ¡¡Ayuda!!

Siendo yo y mi hermana dos jovenes que aun estan estudiando, y con unos padres en avanzada edad, se me vino a la mente que pasaria si el titular (mi padre) de las propiedades fallece. Logicamente todas esas propiedades pasarian a ser mias y de mi hermana, pero la duda que tengo es si hay que pagar el impuesto de sucesiones, al ser los herederos de alguna forma insolventes, ¿hacienda toma en cuenta la situcion económica de los herederos, o nos tocaria pagar lo que nos piden y sacar el dinero de debajo de las piedras?, ¿que saldria mas barato para los hijos herederos, la herencia o la donacion? La verdad es que yo que soy el mayor me empiezo a preocupar por este tema porque se que tarde o temprano nos va a tocar enfrentarnos a esto (ojala lo mas tarde posible), pero no quiero que se nos venga la mierda encima y nos pille a nosotros estudiando o recien entrados al mercado laboral.

 

Muchas gracias

Un saludo!!

#2

Re: Impuesto de sucesiones y donaciones ¡¡Ayuda!!

Salvo que los padres tengan otro regimen matrimonial distinto al mas comun, que es el de Gananciales, los bienes no son del titular solamente, pertenecen por igual (50%) a cada uno de los conyuges, por tanto en caso de fallecimiento de uno de ellos, el otro conyuge le corresponde por disolucion de Gananciales el 50% de los bienes.

El otro 50% es el que se puede heredar por los los hijos, y teniendo en cuenta el testamento existente, donde el conyuge vivo puede quedarse como usufructuario universal y los herederos como Nudos Propitarios.

El usufructo es que tiene derecho a todos los frutos del bien aunque no a su propiedad.

El Impuesto de Sucesiones es de naturaleza Autonomica, cada Autonomia establece las normas al respecto y ademas estas son cambiantes con el tiempo, asi que no sirve de nada adelantarse a los acontecimientos porque la normativa es cambiante.

Saludos

#3

Re: Impuesto de sucesiones y donaciones ¡¡Ayuda!!

No, Hacienda no tiene en cuenta la situación económica del heredero, intentaría cobrar la deuda con los bienes del heredero e incluso con los propios bienes heredados si hace falta. En caso imposible, se declara al deudor como insolvente y la deuda como incobrable, hasta su prescripción.

Pero en caso de herederos de menos de 21 años, la cuota siempre es menor y tienen mayores bonificaciones, lo mas normal es que no salga a pagar mucho. A partir de esa edad ya no se distingue.

Un saludo