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Duda práctica sobre la compensación de valores homogéneos y regla de los dos meses

2 respuestas
Duda práctica sobre la compensación de valores homogéneos y regla de los dos meses
Duda práctica sobre la compensación de valores homogéneos y regla de los dos meses
#1

Duda práctica sobre la compensación de valores homogéneos y regla de los dos meses

Saludos! Este caso es real y no sé resolverlo. He comprado y vendido accs. de Gamesa en dos brokers: Renta4 e Inversis de la siguiente forma:

Broker   Fecha     C/V   Núm accs.   Importe    Precio por acción
Inveris   9/10/09   C    526    7.018,93 euros       13,344 euros
Renta4   16/07/15   C    300    4.830,59 euros       16,102 euros
Inversis 31/07/15   V    526    7.515,67 euros       14,288 euros
Renta4   31/07/15   V    300    4.291,76 euros       14,306 euros
Las fechas de vta. coincide porque hui de las pérdidas que podría dar este valor. Aplicando el criterio FIFO, caso la primera compra con la primera vta. (aunque las dos vtas. son del mismo día) y me generan una ganancia de +496,74 y caso la segunda compra con la segunda vta. y me genera una pérdida de -583,83. ¿Puedo compensarme las pérdidas o debo excluirlas de la declaración del IRPF? En este segundo caso, ¿debo consignar en el programa PADRE por una parte las que generan beneficios y por otra las que generan pérdidas y marcar la casilla [No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos] Realmente, no ha habido recompra porque ambas compras se producen antes de las vtas. y la primera genera beneficios y la segunda pérdidas.
#2

Re: Duda práctica sobre la compensación de valores homogéneos y regla de los dos meses

Tienes dos compraventas.

Primera: Precio de venta 7.515,67 - Precio de adquisición 7.018,93. Ganancia 496,74

Segunda: Precio de venta 4.291,76 - Precio de adquisición 4.830,59. Pérdida 538,83

Si no has has hecho más operaciones, puedes imputar las pérdidas porque has dejado el valor a cero.

Un saludo.

#3

Re: Duda práctica sobre la compensación de valores homogéneos y regla de los dos meses

No. Esas son todas las ops. Gracias.

Eso pensaba porque no se ha realizado la primera venta antes que la segunda compra.

Estoy mirando cómo compensa los -722 pendientes del año pasado. En la casilla [370][Saldo neto de ganancias y pérdidas patrimoniales imputables a 2015 a integrar en la base imponible del ahorro] tengo 600 euros aprox. (entiendo que son los 600 euros aprox. de mis beneficios con la vta. de accs.)

Entiendo que en la casilla [383] o consigno los 722 euros aprox. y el programa PADRE ya los reducirá a 600 euros aprox. o 600 euros aprox. y aún me quedan 122 euros aprox. para compensar en futuros ejercicios.

Editado: Efectivamente, he consignado 722 euros y el programa PADRE los ha reducido a 600 que es el tope a compensar.