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Deducción por hijo mayor de 18 años - Declaración de la Renta

2 respuestas
Deducción por hijo mayor de 18 años - Declaración de la Renta
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Deducción por hijo mayor de 18 años - Declaración de la Renta
#1

Deducción por hijo mayor de 18 años - Declaración de la Renta

Buenas tardes.
Planteo un caso concreto que nos ocurre (a mi esposa y a mi), por el que nos surge una duda:
Nuestro hijo de 22 años, desde el mes de febrero de 2015, no vive en el domicilio familiar aunque sí depende económicamente de nosotros. Hemos acordado entre nosotros, que cada mes le pasemos una cantidad de dinero fija, suficiente para mantener sus gastos. En total, a lo largo del año 2015, le hicimos entrega de 4000 euros (mediante transferencias bancarias). Además, nuestro hijo trabajó unos meses del año pasado ganando un total de 1783,25 euros.
Este año, a la hora de hacer la declaración de la renta, nos planteamos si podemos incluirlo con nosotros o, por el contrario, él tiene que hacer una declaración independiente.
Nos han indicado que, al depender económicamente de nosotros, sí tenemos que incluirlo en nuestra renta.
Gracias de antemano por atender esta cuestión.

#2

Re: Deducción por hijo mayor de 18 años - Declaración de la Renta

Buenas tardes;

les cuelgo aquí directamente explicación subida hace unos días a la web de la AEAT y el enlace a la misma.

Dan derecho a mínimo por descendientes (cantidad por la que no se tributa), con independencia de que se trate de declaración individual o conjunta, los siguientes:
Descendientes menores de 25 años a 31 de diciembre de 2015, que convivan con el contribuyente, que no hayan tenido rentas superiores a 8.000 euros (sin contar las exentas) y que no presenten de forma independiente declaración por el IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.
Descendientes mayores de 25 años a 31 de diciembre de 2015 con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, que convivan con el contribuyente, que no hayan tenido rentas superiores a 8.000 euros (sin contar las exentas) y que no presenten de forma independiente declaración por el IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.

Desde el 1 de enero de 2015 se asimila a la convivencia la dependencia económica, salvo que se satisfagan anualidades por alimentos a favor de dichos hijos.

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/Renta/_INFORMACION/Ayuda/Preguntas_frecuentes_generales_sobre_el_IRPF/Los_hijos_mayores_de_18_anos___hasta_que_edad_pueden_incluirse_en_la_declaracion_de_los_padres_en_concepto_de_minimo_por_descendientes_.shtml

#3

Re: Deducción por hijo mayor de 18 años - Declaración de la Renta

Buenas tardes,

Qué significa "se asimila a la convivencia la dependencia económica"?

Cómo puede demostrarse la dependencia económica de un hijo mayor de edad discapacitado (65%) que no convive con la madre (viuda)?

gracias