Procedimiento de control de cumplimiento de obligaciones tributarias
Muy buenas, quisiera plantear un tema que ha llegado a mis manos, y es una cartita de la AEAT en relación a la no inclusión del plan2000E (como el PIVE de coches) del año 2010, en la renta del 2010.
En vez de iniciar un procedimiento de verificación de datos o de comprobación limitada como sería lo normal, lo que han hecho es un requerimiento de regularización enmarcado en un procedimiento de control de cumplimiento de obligaciones tributarias, parece ser que según la siguiente normativa (aunque no la mencionan)
Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
Subsección 3.ª Actuaciones de control de presentación de declaraciones
Artículo 153. Control de presentación de declaraciones, autoliquidaciones y comunicaciones de datos.
1. Corresponde a la Administración tributaria el control del cumplimiento de la obligación de presentar declaraciones, autoliquidaciones y comunicaciones de datos en los siguientes supuestos:
a) Cuando resulten obligados a ello de acuerdo con su situación censal.
b) Cuando se ponga de manifiesto por la presentación de otras declaraciones, autoliquidaciones o comunicaciones de datos del propio obligado tributario.
c) Cuando se derive de información que obre en poder de la Administración procedente de terceras personas.
d) Cuando se ponga de manifiesto en el curso de otras actuaciones o procedimientos de aplicación de los tributos.
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En el requerimiento se insta a los contribuyentes a regularizar la situación mediante una complementaria, avisando de que si no se hace, podrá iniciarse un procedimiento de comprobación. También aluden a que esa carta interrumpe la prescripción, que hay que decir que faltaban escasos días para que sucediera.
Lo que quería plantear es si os parece correcto el procedimiento utilizado y si de verdad interrumpe la prescripción, o es un intento desesperado de cobrar algo antes de que prescriba del que no quiera complicarse y regularice.
A ver si puedo adjuntar copia del escrito para mayor aclaración.
Un saludo