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+ Donaciones (el tema es infinito y el caso real)

5 respuestas
+ Donaciones (el tema es infinito y el caso real)
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#1

+ Donaciones (el tema es infinito y el caso real)

Sé de una persona que recibe transferencias mensuales de sus padres porque de estos uno cobra una una buena jubilación y la otra tiene un sueldo digno. En cambio, el receptor no llega a final de mes y son tres de familia (la hipoteca y los suministros de servicios se llevan casi todo el sueldo).

Está autorizado en la libreta de su padre, el donador, y yo le he comentado que eso es una donación claramente registrada si no va a poder devolverla (si no se tiene ni la intención ni la posibilidad de devolver lo recibido no es nunca un préstamo esté registrado o no), que las cantidades cada año son importantes y están registradas y llevan más de un año, que eso debe tributar por donaciones (aunque, como dice en Gn 9;4 ¿Acaso yo soy el guardián de mi hermano?, lo he informado aunque es él quien debe tomar sus decisiones).

Pero hace poco me pregunta cuáles son los trámites para tributar porque es una donación mensual (¿tiene que tributar cada mes o puede considerarse la suma anual y hacerlo una vez al año?) y, sobre todo, qué hace si la transferencia es automática y su padre, enfermo, quedara incapacitado ¿basta con estar autorizado en la cta. para poder seguir ordenando transferencias o debería hacerse algún trámite para respetar la voluntad de su padre si este no pudiera seguir expresándola?

A la primera pregunta, le he respondido que acuda a la Delegación de Hacienda y le informaran de cómo tributar (aunque supongo que cada vez que reciba una cantidad si no hay compromiso escrito que estipule la cantidad anual; además, si quiere declarar la suma anual solo una vez al año se saldrá de los plazos registrados por las transferencias. Respecto a la segunda, no sé cuál puede ser la solución.

Es un caso en el que no hay mala fe, simplemente no pensaron que la ayuda que un padre brinda a un hijo tributara... Pero la cantidad al final de año sin ser exagerada es alta (tal vez 650 x 12 aprox. o algo más).
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La verdad es que las donaciones entre padres e hijos y viceversa son en el fondo un tema muy complejo porque en una temporadas son unos quienes reciben la ayuda y en otras quienes la prestan. Bien podría pasar que la situación de alguien empores y su padre le ayude y en el futuro sea el hijo quien tenga que sufragar los gastos del cuidado de su padre.

Por ejemplo, soy yo quien paga todos los recibos de mi madre que cobra una pensión mínima y nunca he pensado que fueran una donación(*). Simplemente están domiciliados en mi cta.

Honradamente, hace quince años, cuando eran aprox, 2.400 pesetas de agua, 5.000 pesetas de electricidad y 4.500 pesetas de telf. cada dos meses; unos 430 euros al año... poco me importaba pero ahora, al precio que está todo... Sí se nota cada recibo.

#2

Re: + Donaciones (el tema es infinito y el caso real)

Pues si, como dices, el tema de las donaciones es complicado, y aparte del concepto, si un caso concreto se considera o no donación, está el problema práctico de la forma de declararlo.
Declarar una donación mensual, aparte de ser poco práctico puesto que cada vez debes acumular las anteriores en la última recibida, sería interpretado por la Administración como un fraccionamiento de la misma que intentarían regularizar en una sola.
Una cosa que se puede hacer es por ejemplo reconocer la donación total en escritura de un período razonable, digamos un año hacia atrás, y hacer una única declaración. El que las trasferencias se hayan hecho con anterioridad no es obstáculo si se expresa bien que ahora es el momento en que existe el ánimo de donar esas cantidades y se confirma la misma.
Para las posteriores, es mejor hacerlas igualmente en partes grandes, el total de un año o dos por ejemplo cada vez. Aparte, se consigue una mayor seguridad puesto que el donatario ya puede contar con todo el dinero de golpe y organizarse.

En tu caso, yo creo que no existe donación y podría entrar en el deber de los hijos de atender a sus progenitores, existe una línea muy difuminada entre la donación y la simple ayuda y atención que debemos prestar a nuestros familiares cercanos, el problema es interpretar dónde está...

#3

Re: + Donaciones (el tema es infinito y el caso real)

Más que una donación sujeta al ISD, sería un negocio económico sujeto al IRPF.

Las donaciones sujetas al ISD son las "lucrativas": dar algo a cambio de nada, o de contrasprestaciones NO equilibradas.

En este caso que expones, parece más una operación encajada en la obligación legal de prestación de alimentos dentro de la familia. Así que sería una donación onerosa. Doy algo a cambio de algo (o porque por mandato legal estoy obligado...).

Estas donaciones SIN animus donandi, y de naturaleza onerosa, son análogas a las pensiones compensatorias en caso de divorcio, por ejemplo. O a las entregas a favor de patrimonios protegidos de ciertos discapacitados.

La tributación correspondiente sería: para el donador o entregador, no existe contemplada posibilidad de deducción o bonificación en el IRPF. Como mucho entraría dentro de los casos tasados en las situacones personales y familiares. Fuera de eso, no hay deducción posible. Para el donatario o receptor, en principio se trata de rentas "por cuenta ajena", asimilables a rendimientos del trabajo. Similar a las pensiones, solo que en lugar de ser una renta pagada por un organismo público, lo es por una persona privada. Si esa donación, entrega o regalo lo fuese solo de manera puntual, y quizás por importe elevado (caso de "Me tocoó la lotería, le doy 3 M de pts a cada uno de mis hijos para que se saquen parte de la hipoteca de encima"), seguramente sería más adecuado tributar como ganancia patrimonial NO procedente de transmisión.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: + Donaciones (el tema es infinito y el caso real)

El caso es que evidentemente está recibiendo un capital. Veo que la cosa se complica. Que acuda a un especialista.

#5

Re: + Donaciones (el tema es infinito y el caso real)

En mi caso, pagar tres recibos, actualmente de aprox. 50, 75 y 35 euros al mes lo veo insignificante para que nadie se fije en ello. Además, de hecho, en parte, también me aprovecho yo de estos suministros.

#6

Re: + Donaciones (el tema es infinito y el caso real)

Como curiosidad diré que, por mucho que diga el Génesis lo que diga, el Código Civil obliga a mantener a tus hermanos y padres si estos no tienen medios y siempre que por ello no salgas tu malparado.

Y las propinas que dan los padres a los hijos también son donaciones, pero tan ridículas que no se persiguen.