Re: Donación de mi padre tras heredar una vivienda
Quieres decir que en mi anterior mensaje estoy en lo cierto y que además tengo la posibilidad de que si mi padre se beneficiara de la exención hasta 100.000 €, como él no ha tenido que usar la bonificación del 75 %, podría beneficiarme yo de dicha bonificación? Y como consecuencia no tener que esperar para poder realizar la donación?
Muchas gracias por realizar las simulaciones.
En el tercer supuesto, adjudicación en herencia 100% de la casa, en el que mi padre tendría que rehacer a mi tía para quedarse con su parte, se tendría que hacer forzosamente a través de un contrato de compra-venta abonando los correspondientes impuestos 10 % ( 4.000 € ) o podría hacerse como indica el usuario Giusepo en el mensaje 19:
"Yo no soy un experto... solo uno que le ha sucedido alguna situación similar y que pasaba por aquí.
Al ser la vivienda un bien indivisible, uno de los herederos se puede quedar con el bien y compensar al otro por la mitad de su valor... esto es complicado, cual es su valor... Al menos deberían poner el valor que tiene el bien para vuestra Admón. Autonómica. Por esto no se pagan impuestos, aparte de los de sucesiones, por lo heredado, en el caso de tu padre el valor del bien menos el dinero entregado a tu tía; y en el caso de tu tía por el dinero recibido, que son los mismos que si se quedan de copropietarios.
Esto se hace ante notario en la partición de la herencia de vuestra abuela."
En cuanto al pago a mi tía se podría diferir? (no sé como andará mi padre de efectivo para dicha cantidad) El usuario Giusepo en el mensaje 19 indica lo siguiente:
"Lo de diferir el pago, pues dependerá de la voluntad de tu tía, porque las herencias se firman por acuerdo. Podría tu tía reconocer el pago y firmar tu padre un documento de reconocimiento de deuda, o pedir tu padre un préstamo como hacemos los pobres y pagar realmente... Cuando está la familia todo puede ser más simple o más complicado."
Estás conforme. Alguna idea?
Por otro lado, la vivienda fue construída en 1976, en que afectan los "coeficientes de abatimiento” a este tema? He leído que a partir de Enero se eliminarán? Esto es cierto? En que afectaría al precio de compra-venta si se diera o a la donación?
Por último, existe un plazo para aceptar la herencia, escriturar y liquidar impuestos? En caso de sobrepasarlo se queda la herencia el estado? ( ésta última pregunta te la hago desde el desconocimiento, disculpa pero es algo que me acaba de ocurrir ya que ya hace unos meses que mi abuela falleció y supongo que algún plazo habrá para realizar todos los trámites)
Un saludo