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Enjuagues fiscales

5 respuestas
Enjuagues fiscales
Enjuagues fiscales
#1

Enjuagues fiscales

he titulado la pregunta "enjuagues fiscales" ya que se lo leí al forero Berebere y desde entonces uso esta expresión

la duda que planteo es que tengo minusvalias en los ejercicios de 2011 y 2012 (en 2013 no hice movimientos), de un total de 2500 eur (redondeando) de inversiones en bolsa y cfd

ahora mismo tengo una cartera de fondos con unas plusvalias latentes de unos 2200 eur por lo que en breve la voy a liquidar completamente para en la declaración de la renta de 2014 poder compensar las pérdidas de ejercicios anteriores

sé que para acciones de bolsa hay que esperar dos meses para poder entrar de nuevo en los mismos valores si se quiere uno acoger a la compensación de minusvalías, si no estoy equivocado vaya; la pregunta es si para los fondos hay que esperar también dos meses para volver a suscribir los mismos (en tal caso suscribiría fondos similares, con distinto ISIN)

si sabéis de algun enlace con información al respecto también lo agradecería

#2

Re: Enjuagues fiscales

Según entiendo quieres vender un fondo de inversión por el que vas a tener una ganancia patrimonial en el año 2014.

Como vas a tener ganancias, puedes volver a comprar al día siguiente el mismo valor.

Cuando hay que respetar la regla de los dos meses, es cuando tienes pérdidas y las quieres compensar. No puedes recomprar en ese plazo.

Y ten en cuenta que las ganancias que obtengas en el 2014, deben estar generadas en un plazo superior al año para que puedas compensar las pérdidas que tengas pendientes de 2011 y 2012.

Saludos.

#3

Re: Enjuagues fiscales

gracias Empty, está más claro ahora, voy a revisar porque aproximadamente un 10% de esas plusvalías de 2014 que son de menos de un año, el resto son de principios de 2013 así que no hay problema

#4

Re: Enjuagues fiscales

Buenas,

si me permitís otra pregunta sobre el mismo tema:

¿Se pueden compensar las ganancias por cobro de dividendos de acciones con las pérdidas patrimoniales en fondos?

muchas gracias

#5

Re: Enjuagues fiscales

Entiendo que te refieres al año 2019 que se declara al año que viene.
Las pérdidas patrimoniales de Fondos se compensan primero con otras ganancias patrimoniales del mismo ejercicio o pendientes de anteriores 4 ejercicios.
Si no hay está compensación se compensan con hasta el 25% de los rendimientos de las acciones.
Saludos

#6

Re: Enjuagues fiscales

En primer lugar, muchas gracias por responder.

Es correcto, me refiero al año 2019, es decir para la dclaración que haremos el año que viene. La cuestión es que este 2019 he aflorado unas pérdidas en un fondo (he pasado a liquidez con pérdidas) y, por otro lado, tengo acciones con reparto de dividendo, que tendré que declarar a Hacienda.

Por lo que entiendo de tu explicación, podría compensar el 25% del total de esos dividendos con las pérdidas provenientes de la venta del fondo

saludos