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Fiscalidad en compraventa fuera de España

2 respuestas
Fiscalidad en compraventa fuera de España
Fiscalidad en compraventa fuera de España
#1

Fiscalidad en compraventa fuera de España

Buenos días, tengo un caso que me gustaría comentar con vosotros para que me informéis.

Una persona de Galicia tiene un terreno en Nicaragua, la persona de Galicia va a vender ese terreno a una persona de Nicaragua, la persona de Galicia otorgó poder a un abogado de Nicaragua el cual se encargará de todas las gestiones en Nicaragua. Mi pregunta es: si el terreno es en Nicaragua y el dinero se lo envían a España, cuál es el porcentaje con el que se queda hacienda?

#2

Re: Fiscalidad en compraventa fuera de España

Se envíe o no se envíe el dinero a España, si se es residente fiscal español se debe declarar por la renta universal que se haya obtenido.

Sucede que ciertas rentas y ganancias conseguidas en ciertos territorios quedan muy opacas al control de hacienda. Pero...

Por las ganancias patrimoniales, si son generadas en más de 1 año, se tributa al 21 %, 25 % y hasta el 28 %, dependiendo de los importes.

Si no se declara esa ganancia, y el dinero simplemente "aparece", si el importe es pequeño, dificilmente hacienda llegará a controlar nada. Pero si el importe es significativo, y no se declaró, y hacienda lo detecta, lo imputarán como incremento patrimonial no justificado, en la base general, y tributará al tipo marginal (no solo la ganancia, sino la totalidad del dinero detectado).

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Fiscalidad en compraventa fuera de España

Muchas gracias por la respuesta.

Hasta que importe tributa al 21%?
Hasta que importe tributa al 25%?
Hasta que importe tributa al 28%?