Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Amortización bienes mobiliarios

1 respuesta
Amortización bienes mobiliarios
Amortización bienes mobiliarios
#1

Amortización bienes mobiliarios

En una revisión de la declaración de renta, me indican que no puede considerarse para desgravar la amortización de bienes mobiliarios adquiridos antes de los años en los que ya hay ingresos por alquiler.

El sentido comun me hace dudar, ya que si voy a poner un inmueble en alquiler, primero lo tendre que equipar y después se producirán los ingresos.

Incluso aunque hayan transcurrido años desde la adquisición de bienes muebles (electrodomesticos, etc.), en el momento que se ponen a disposición del arrendatario TIENEN UN VALOR QUE SE VA DEPRECIANDO (llamado amortización), por lo que no entiendo esta aseveración de que no pueda incluirse.

Cabe decir que en el contrato se indica el inventario de los mismos, es decir que no hay picaresca posible.

De todas formas como soy profano en la materia y solo he intentado aplicar la normativa a mi buen entender, agradecería que si alguien mas versado me de su opinión al respecto. Muchisimas Gracias.

#2

Re: Amortización bienes mobiliarios

Efectivamente esos gastos no son deducibles ya que se está rompiendo el principio de ingresos-gastos.

Esa amortización en los años previos al alquiler es la debida al uso que ha hecho uno como propietario del mismo y, por tanto, no hay un ingreso asociado a dicho gasto, con lo que se rompe el principio.

Por supuesto la amortizacion que se dé una vez se haya alquilado la vivienda sí que es ya deducible pues hay un ingreso (alquiler) y un gasto asociado (amortización del bien).