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Herencia recibida e IRPF 2013..., algunas dudas

7 respuestas
Herencia recibida e IRPF 2013..., algunas dudas
Herencia recibida e IRPF 2013..., algunas dudas
#1

Herencia recibida e IRPF 2013..., algunas dudas

Buenas tardes, por favor tengo algunas dudas al respecto de cómo y cuándo declarar una herencia recibida en el IRPF y aunque he buscado en la red no he sabido o podido encontrar respuesta a dichas cuestiones, así que las expongo aquí por si alguno de los más entendidos del foro me pueden echar una mano...

1. Fecha de fallecimiento: noviembre2013 y fecha de escritura de adjudicación de herencia: enero2014..., bien...¿la herencia se declara en el IRPF de 2013 que se presenta ahora o se declara en el IRPF de 2014 que se presenta elaño que viene ? Es decir, ¿ se toma como fecha de recepción de la herencia la de fallecimiento o la de la firma de la escritura de adjudicación de herencia?.

2. Ya se ha presentado el Impuesto de sucesiones y donaciones, ha salido a pagar cero euros, el único heredero era el cónyuge, nadie más, no había hijos..., y ahora, este único heredero, el marido..., ¿cómo declara lo recibido en el IRPF ?
Ha recibido:
-Un fondo de inversión monetario que tenía en gananciales, que ha reembolsado y recibido el dinero. ¿el 50% de lo recibido a incrementos de patrimonio...?
- Dinero de varias cuentas corrientes y plazos fijos en gananciales. ¿el 50% de lo recibido a incrementos de patrimonio...?
Y aquí mis dos dudas más grandes...:
- recibe la casa que era vivienda habitual del matrimonio y que estaba en gananciales... ¿el 50% a incrementos de patrimonio, o hay alguna deducción total o parcial por ser la vivienda habitual del matrimonio?
-Y por último recibe una casa que NO era la vivienda habitual y que era 100% bien privativo de la difunta, por tanto... el marido y único heredero declara...¿el 100% del valor de la casa recibida como incremento patrimonio.? ¿algún tipo de deducción en este caso?.
Agradecería a quien me pudiese contestar a alguna o a todas de estas preguntas, pues soy el encargado de presentar el IRPF de este familiar mío año tras año, pero una vez muerta su esposa y recibida esta herencia que detallo ya me pierdo un poc en cómo declarar toda esta herencia recibida.
La Cmunidad Autónoma es Andalucía.
Muchas gracias por adelantado.

#2

Re: Herencia recibida e IRPF 2013..., algunas dudas

El IRPF y el ISD son impuestos mutuamente incompatibles.

Si hay un hecho imponible de uno (una herencia), entonces no queda sujeto al otro (IRPF).

De las operaciones que detallas, la única que tiene impacto en el IRPF es el reintegro del fondo de inversión.

El marido viudo recibe una cosa (sea por disolución de gananciales o por sucesión), que es una determinada participación en un fondo de inversión.

Luego, cuando convierte esa participación en dinero, se produce una alteración en la composición del patrimonio, y pondrá de manifiesto una ganancia o pérdida patrimonial, por la diferencia entre el valor original (el adjudicado a efectos de la escritura de herencia), y el importe obtenido en el reintegro del fondo.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Herencia recibida e IRPF 2013..., algunas dudas

Destacar que los bienes se ha de valorar a fecha del fallecimiento de la difunta si bien, dado que habrá variado poco, no pase nada por ponerle un poco de más o de menos.

Respecto a la vivienda habitual, si mal no recuerdo hay una deducción estatal por vivienda habitual del causante, pero hay una obligación de mantenerla por un plazo de 10 años.

#4

Re: Herencia recibida e IRPF 2013..., algunas dudas

Una (pequeña) incidencia fiscal en IRPF, es la imputación de rentas del inmueble heredado que no era residencia habitual.

Hasta la fecha del fallecimiento, la esposa debería declarar el 100% del 1,10% del valor catastral por inmuebles a disposición de sus titulares.

Esa propiedad pasa a ser del marido, por lo que por los días que ha sido suya hasta 31.12.13, la deberá incluir en su declaración esa renta.

Saludos.

#5

Re: Herencia recibida e IRPF 2013..., algunas dudas

Muchas gracias a los tres por la respuesta, aunque creo que no he entendido bien algunas de las cosas que me habéis comentado, o son incompatibles entre sí o como digo no las he entendido en toda su extensión.
- sobre la fecha a tener en cuenta, me queda claro en la respuesta de Kyrie que es la fecha de fallecimiento, con lo cual al ser nocviembre de 2013, lo que tenga que declarar por la herencia lo tiene que declarar en el IRPF de 2013 que se abre el plazo ahora este mes de abril, el 23 creo recordar.

Sobre lo que declarar o no declarar NO me ha quedado nada claro:
según Cachilipox entiendo que no debería declarar nada de nada al haerse declarado en el ISD todo el caudal hereditario recibido, cosa aparte es declarar las plusvalías recibidas por haber reembolsado el fondo de inversión, ese extremo sí que lo controlo bien y sé cómo hacerlo. De esta respuesta entiendo que... ¿no debería declarar nada de nada de la herencia recibida ya que ya ha sido declarada en el ISD...?

Según la respuesta de Kyrye entiendo que debería declarar la herencia puesto que me hablas de una deducción por ser vivienda habitual del causante, de lo que infiero que declarar sí hay que declarar la herencia en el IRPF independientemente de que posteriormente haya o no haya la deducción que sea.

La respuesta de Empty es la que menos he entendido puesto que no sé si tengo que declarar esa vivienda NO habitual como un incremento de patrimonio del marido en el IRPF 2013, si sólo tengo que declarar eso y lo demás no ( cuentas, plazos fijos y vivienda habitual...). y por último cómo declarar esa vivienda no habitual por los días que pasan desde el fallecimiento hasta 31.12.2013. supongamos valor catastral 60.000 euros , más el 10%= 66.000 euros. Muere el 7 de noviembre de 2013, pasan 54 días hasta que termina el año 2013, entonces:
66.000 x54/365= 9764 euros, y esos 9764 euros los meto en incremento de patrimonio del heredero, su marido...¿es así...? ¿ Todo lo demás que he expuesto no se declara porque ya ha sido declarado en el ISD como me comenta Cachilipox...?
Como véis claro claro del todo aún no me ha quedado, si me podéis aclarar por favor alguno de estos extremos que planteo os lo agradezco.
Muchas gracias de nuevo a los tres.

#6

Re: Herencia recibida e IRPF 2013..., algunas dudas

De la vivienda habitual, no debes de declarar nada.

Respecto a la vivienda no habitual. Supongamos que tiene un valor catastral de 60.000 euros en el año 2013.

En la declaración del fallecido: 60.000 * 1,10% * 311/365 = 562,36 euros.

En la declaración del contribuyente que ha heredado: 60.000 * 1,10% * 54/365 = 97,64 euros.

Pero no es un "incremento de patrimonio". Es una renta imputada que se introduce en el apartado C. de la declaración: "Bienes inmuebles no afectos a actividades económicas, excluida la vivienda habitual e inmuebles asimilados".

El fondo de inversión, en el caso de que la venta hubiese sido en 2014, se declarará en IRPF 2014.

El recibir dinero de una cuenta o un plazo fijo, no hay que declararlo. Los intereses que hayan producido esos fondos, hasta la fecha del fallecimiento se computaría al 50% a cada uno de los cónyuges. A partir de esa fecha, los intereses obtenidos, habrá que adjudicárselos 100% al contribuyente que ha heredado.

Saludos.

#7

Re: Herencia recibida e IRPF 2013..., algunas dudas

Sobre lo que declarar o no declarar: efectivamente, si ya has pagado por recibir la herencia no vas a pagar nuevamente por ello, sin perjuicio de que luego lo vendas y ahí si pagues.

Sobre lo de la deducción de la vivienda habitual, siempre que se mantenga 10 años: esta deducción es para el ISD (baja la base imponible en este impuesto), no para el IRPF. El IRPF no aparece en nada para las herencias.

Respecto a la vivienda NO habitual: en el ISD se ha de declarar por el valor que la recibe el heredero y luego, aparte y al margen del ISD, dado que ha dispuesto de esa casa desde el fallecimiento hasta el 31 de diciembre, ha de meter el valor CATASTRAL (EL QUE VIENE EN EL IBI, NO EL DECLARADO EN EL ISD) de esa casa multiplicado por 1,1% (o 2%) en el IRPF

#8

Re: Herencia recibida e IRPF 2013..., algunas dudas

Muchas gracias a los tres por la rápida respuesta, ahora sí que me queda totalmente claro y así lo haré como me decís.
Un saludo y gracias de nuevo por la ayuda.

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