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Donacion dinero a un hijo para compra de primera vivienda

42 respuestas
Donacion dinero a un hijo para compra de primera vivienda
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Donacion dinero a un hijo para compra de primera vivienda
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#25

Re: Donación dinero a un hijo para compra de primera vivienda

Muchas gracias :):), me alegra oir eso... pensé que sería mucho mas.
Saludos!!

#26

Re: Donación dinero a un hijo para compra de primera vivienda

Hola de nuevo.

Hemos ido a Hacienda a proceder a efectuar dicha donacion y nos comentan lo siguiente:
- El valor maximo de la vivienda es de 120000 euros (la vivienda que quiero comprar cuesta 126000) ¿Esto es cierto o los 120000 es el valor maximo de la donación?

- El impuesto es del 1% en estos casos, o sea, tendria que pagar 400 euros, ¿es esto cierto, según el calculo que haciamo salian solamente 30.6)?

- No hay que presentar modelo, habria que declararlo en la declaración de año siguiente e incluir en las escrituras la donación.

Creo que la empleada de hacienda que nos atendio no entendia muy bien. ¿Podrias confirmarme los anteriores puntos?

Un saludo.

#27

Re: Donación dinero a un hijo para compra de primera vivienda

En la página de la junta esto es lo que se indica, yo entido que lo que comentas es correcto.
1) Los 120.000 euros hacen referencia a la cantidad donada no al importe del inmueble ¿correcto?
2) El 99% es una reduccion sobre lo donado, no quiere decir que el impuesto pase a ser del 1%
3) Lo unico que si cambia sería, según creo, la cuantia del impuesto, en la Ledy 18/2011de 23 de Diciembre se indica lo que expongo mas abajo, por lo que creo que el porcentaje a aplicar en el caso de donación de 40000 euros sería del 12.75 ya que se indica que:

hasta
47.930,72 4.685,10 7.987,45 12,75

4) Por tanto, si no me equivoco los calculos quedarían como sigue.
Base imponible: 40000 euros.
Base liquidable: 400 euros
Aplicando Tarifa: 400 al 12.75 = 51.

NO SE DE DONDE SACAN EN HACIENDA LO QUE ME HAN COMENTADO O SI ES QUE SE LO HAN INVENTADO:
A) El importe maximo de la vivienda es 120000 (entiendo que es mentira, los 120000 hacen referencia a la donacion maxima).
B) Se aplicaria un 1%, o sea, 40000 al 1% = 400 (creo que se lo han inventado).

Agradecer vuestra opinion de ante mano.

REDUCCION
Adquisiciones inter vivos
Junto a las reducciones generales por adquisición de empresa individual, negocio profesional y participaciones en entidades, así como explotaciones agrarias, existen estas otras reducciones autonómicas:
1. Mejora autonómica de la reducción por la adquisición de empresa individual, negocio profesional y participaciones en entidades.
La reducción alcanzará el 99% cuando el donatario, cualquiera que sea su parentesco, viniera prestando servicios en la empresa y tuviera encomendadas tareas de gestión o dirección de la misma.
2. Reducción autonómica del 99% de las cantidades donadas a descendientes para la adquisición de la primera vivienda habitual.
Base máxima de reducción:
• 120.000, para menores de 35 años
• 180.000, para personas con discapacidad, con un grado de minusvalía igual o superior al 33%.
3. Reducción autonómica del 99% de las cantidades donadas a parientes para la constitución o ampliación de una empresa individual o negocio profesional con domicilio en Andalucía.
Base máxima de reducción:
• 120.000, para menores de 35 años.
• 180.000, para personas con discapacidad, con un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

PORCENTAJE
La cuota íntegra del impuesto regulada en el artículo 21.1 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se obtendrá aplicando sobre la base liquidable los tipos que se indican en la siguiente escala:
Base
liquidable
hasta euros Cuota
íntegra euros Resto base
liquidable hasta euros Tipo
aplicable
%
0,00 0,00 7.993,46 7,65
7.993,46 611,50 7.987,45 8,50
15.980,91 1.290,43 7.987,45 9,35
23.968,36 2.037,26 7.987,45 10,20
31.955,81 2.851,98 7.987,45 11,05
39.943,26 3.734,59 7.987,46 11,90
47.930,72 4.685,10 7.987,45 12,75
55.918,17 5.703,50 7.987,45 13,60
63.905,62 6.789,79 7.987,45 14,45
71.893,07 7.943,98 7.987,45 15,30
79.880,52 9.166,06 39.877,15 16,15
119.757,67 15.606,22 39.877,16 18,70
159.634,83 23.063,25 79.754,30 21,25
239.389,13 40.011,04 159.388,41 25,50
398.777,54 80.655,08 398.777,54 31,75
797.555,08 207.266,95 en adelante 36,50».

#28

Re: Donación dinero a un hijo para compra de primera vivienda

Yo creo que los cálculos que te he hecho el comentario 24 son los correctos. Ahora bien, creo que deberías volver a consultar en la Consejería de Hacienda de la Comunidad en base a qué normativa aplican ese criterio. En mi comentario anterior, la que tuve en cuenta fue la siguiente:

Artículo 22 Reducción propia por la donación de dinero a descendientes para la adquisición de la primera vivienda habitual 1. Los donatarios que perciban dinero de sus ascendientes o adoptantes, o de las personas equiparadas a éstas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17.1 de la presente Ley, para la adquisición de su primera vivienda habitual, podrán aplicar una reducción propia del 99% del importe de la base imponible del impuesto, siempre que concurran los siguientes requisitos: a) Que el donatario sea menor de 35 años o tenga la consideración legal de persona con discapacidad. b) Que el patrimonio preexistente del donatario esté comprendido en el primer tramo de la escala establecida por el artículo 22 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. c) Que el importe íntegro de la donación se destine a la compra de la primera vivienda habitual. d) La vivienda deberá estar situada en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. e) La adquisición de la vivienda deberá efectuarse dentro del periodo de autoliquidación del impuesto correspondiente a la donación, debiendo aportar el documento en que se formalice la compraventa. En este documento deberá hacerse constar la donación recibida y su aplicación al pago del precio de la vivienda habitual. 2. La base máxima de la reducción será 120.000 euros, con carácter general. No obstante, cuando el donatario tenga la consideración legal de persona con discapacidad, la base de la reducción no podrá exceder de 180.000 euros. En el caso de dos o más donaciones, provenientes del mismo o de diferentes ascendientes, adoptantes o personas equiparadas a éstas, la base de la reducción será el resultado de sumar el importe de todas ellas, sin que pueda exceder de los límites anteriormente señalados.
Fuente: http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/an-dleg1-2009.t1.html#c3 Y dentro de la página web de la Junta de Andalucía: http://www.juntadeandalucia.es/economiayhacienda/tributos/impuestos/cedidos/anexo650.htm#2012 Seguramente sea yo el que estoy equivocado, pero según los enlaces que adjunto, no consigo encontrar dónde me he equivocado. Saludos.
#29

Re: Donación dinero a un hijo para compra de primera vivienda

Muchisimas gracias, yo lo entiendo tal cual indicas.

Volveré a pasar por hacienda para consultar la normativa en la que se basan.

Solo me queda una duda, en base al porcenteje que se indica en el link que adjuntas

Base liquidable Hasta Cuota íntegra Resto base liquidable Hasta Tipo aplicable %
0,00 0,00 7.993,46 7,65
7.993,46 611,50 7.987,45 8,50
15.980,91 1.290,43 7.987,45 9,35
23.968,36 2.037,26 7.987,45 10,20
31.955,81 2.851,98 7.987,45 11,05
39.943,26 3.734,59 7.987,46 11,90
47.930,72 4.685,10 7.987,45 12,75

¿Cual sería el tipo a aplicar en mi caso?
La base serían 40000 euros pero con la reducción del 99% se rebajaría hasta 400 po lo que no se si el tipo sería sobre 7.65 o sobre 12.75

Un millon de gracias por la ayuda.
Un saludo.

#30

Re: Donación dinero a un hijo para compra de primera vivienda

Con respecto al modelo 651 me surgen un par de dudas al rellenarlo.

A continuación mas abajo, indico lo que creo que habría que poner en cada casilla, la principal duda me surge con respecto a el campo:
2. Base liquidable
Reducción por adquisición de empresa o participaciones: 39600

No aparece nada en el modelo de reducción con respecto a compra de vivienda habitual (o no lo encuentro), entonces la reducción de 39600 euros ¿Habría que detallarla en dicho campo?¿Donde se debería detallar?

Por otro lado, el apartado 3. Cuota tributaria. Caso general, no se si lo he rellenado bien, ¿podrías ayudarme?

1. Base imponible
A) Bienes y derechos adquiridos por el donatario: 40000
B) Cargas y deudas: 0
Base imponible: 40000
Valor neto de los bienes y derechos adquiridos por el donatario 40000

2. Base liquidable
Reducción por adquisición de empresa o participaciones: 39600
Reducción por adquisición de explotación agraria: 0
Total reducciones ( 06 + 07 ): 39600
Base liquidable ( 05 -08 ): 400

3. Cuota tributaria. Caso general
Base liquidable 09: 400
Hasta 0
Resto 7993.46
al 7.360%
a : 30.6
b : 0

Cuota íntegra ( a + b ): 30.6
cCoeficiente multiplicador: 1
Cuota tributaria ( 10 x c ): 30.6

Gracias, un saludo.

#31

Re: Donación dinero a un hijo para compra de primera vivienda

Si en el impreso 651 no te aparece la reducción para la adquisición de la vivienda habitual, no la presentaría de la forma que indicas.

Cabe la posibilidad de que estemos interpretando mal la normativa o que la hayan modificado recientemente.

Es evidente que no te puedes aplicar una "Reducción por adquisición de empresa o participaciones". Y si lo manifiestas así en el impreso, te puede ocasionar problemas.

Por lo tanto lo que te aconsejo es que antes de presentar un documento con datos incorrectos lo consultes en la Consejería de Hacienda de Andalucía.

Saludos.

#32

Re: Donación dinero a un hijo para compra de primera vivienda

Muchisimas gracias, el problema es que me da la impresión de que los empleados de la Conserjeria de Hacienda desconocen totalmente la normativa.
En cualquier caso, volveré a acudir a ver si hay mas suerte ...

Mil gracias!!!