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Cesión Parcial Propiedad de una vivienda

3 respuestas
Cesión Parcial Propiedad de una vivienda
Cesión Parcial Propiedad de una vivienda
#1

Cesión Parcial Propiedad de una vivienda

Buenos Días:

Os querría trasladar una consulta.
Adquiero la propiedad de una vivienda de protección en 2008. Pasado el tiempo delimitado en la escritura para que se pueda a proceder a transferir una parte de la propiedad de la misma estoy estudiando como realizar y las consecuencias fiscales de pasar un porcentaje a mi pareja.
En este punto me crean las siguientes dudas:
1.- Entiendo que el porcentaje de la propiedad que quiera transferir estará sujeto a un 10% de IVA más un 1% de actos jurídicos documentados.
2.- Entendiendo que mi pareja, para poder realizar la futura deducción de los pagos de la hipoteca tendrá que estar sujeta a los mínimos establecidos en cuanto a ingresos. Si lo supera no se podrá deducir nada.
Mi duda está en que cantidades, suponiendo el % de transferencia de la propiedad fuera de menos del 50%, para pagar menos impuestos, se podrá deducir en un futuro.

Gracias por adelantado si alguno es capaz de aportarme luz.

#2

Re: Cesión Parcial Propiedad de una vivienda

1.- Al ser una segunda transmisión, está sujeta a ITP.
2.- Como tu pareja accede a la propiedad ya dentro de 2013, no podrá deducirse en el futuro por adquisición, ya que no lo venía haciendo con anterioridad.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Cesión Parcial Propiedad de una vivienda

Primero muchas gracias por la respuesta.
Entiendo que el ITP es de un 1% en la comunidad de madrid. Lo que me comentas de no poder deducirse es lo que me imaginaba. Una duda que tambien me surge es si yo pierdo alguna parte de la deducción que actualmente tengo, es decir, si transfiero un 33% de la propiedad ahora me podré deducir 9040,00€ x (1-0,33) de lo pagado anualmente.
Un saludo.

#4

Re: Cesión Parcial Propiedad de una vivienda

Tengo casi la misma duda.
Un amigo tiene a su nombre un piso que es mío y hemos de pasarlo a mi nombre.
Qué es lo más barato fiscalmente.
Habíamos pensado hacer una compraventa, y quedar ambos en proindiviso, de parte del piso y dentro de un tiempo deshacer la comunidad de bienes (el proindiviso)
Otra idea es que lo aporte mi amigo a un SL y después transferirme las acciones al cabo de unos años (firmando una transmisión hoy pero en contrato privado).
Qué haríais.
La transmisión a su nombre fue en 1995