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Tributación vivienda: viudedad-usufructo

5 respuestas
Tributación vivienda: viudedad-usufructo
Tributación vivienda: viudedad-usufructo
#1

Tributación vivienda: viudedad-usufructo

Buenos días.
Tras leer algunas respuestas sobre este tema sigo con dudas, disculpen.
Enviudé en 2011 (separación de bienes) y tengo la propiedad del 50% de la vivienda y el usufructo de la misma (¿%?), pues mi hija (8 años – 5.527,20€ orfandad) es la propietaria del otro 50%.
En la declaración de 2012, al cumplimentar los datos de la hipoteca de la vivienda entiendo que solo puedo deducirme el 50% del total como cuando declarábamos mi mujer y yo. ¿Es correcto o debo deducirme el 100%?
¿Dónde debo reflejar mi condición de usufructuario de la vivienda?

Muchas gracias por su atención.

#2

Re: Tributación vivienda: viudedad-usufructo

Como adquisición, solo puedes deducirte el 50 %, ya que esa es la parte en que estás haciendo pagos por plena adquisición.
Sobre el otro 50 %, al estar disgregada la propiedad en usufructo y nuda propiedad, lo que se pague por este 2º 50 % no es deducible para ninguno de los dos, ya que ninguno está adquiriendo plena propiedad.

Al tener tú el 50 % de la plena propiedad y el 50 % restante en usufructo, eres tú quien dispone fiscalmente del 100 % de la vivienda.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Tributación vivienda: viudedad-usufructo

Hola.
Muchas gracias por la respuesta.
Dudas aclaradas. Me había hecho un lío.

Saludos.
Carlos.

#4

Re: Tributación vivienda: viudedad-usufructo

Hola de nuevo.
Disculpa, en la información catastral de inmuebles, la titularidad será también del 50%, ¿verdad?

Gracias.
Carlos.

#5

Re: Tributación vivienda: viudedad-usufructo

En la información catastral debe figurar al 50 %, ya que solo se imputa la propiedad.

A efectos fiscales (IRPF) las cosas peuden ser diferentes, ya que la nuda propiedad no tiene ningún impacto en el IRPF, y el usufructo (que no figura en el catastro), sí que te da la titularidad fiscal.

En el apartado donde se declaran los inmuebles (varios) normalmente sale una clave, cuya descripción es "... de la que es propietario o usufructuario el declarante...".

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#6

Re: Tributación vivienda: viudedad-usufructo

Muchas gracias.
Aclarado.

Saludos.

Carlos.