Compra de una cuarta parte de vivienda habitual: se considera donación en Catalunya?
Mi pareja falleció de manera imprevista hace casi 10 años. Teníamos mi vivienda habitual, en Barcelona, al 50%. No estabamos casados, ni registrados como pareja de hecho, y sin testamento.
Los padres eran los herederos por leu. Están divorciados.
El padre me donó su parte ( una cuarta parte), y pagué los impuestos correspondientes en Catalunya.
Su madre me pide le compre su parte ( una cuarta parte). El piso en el 2002 se escrituró por 132.000 euros. Yo sólo puedo ofrecer 25.000 euros por esa cuarta parte a la madre. Ella me dice que se considerará una donación. Me pide 33.000 euros ( que no puedo asumir, aún pago hipoteca del año 2002).
Es así? no puedo comprar su parte (una cuarta parte) por 25.000 euros?
En caso de considerarse donación, que me ocurriría?
Gracias y saludos.