No importa la edad para poderse acoger a la deducción por alquiler. Existe un requisito económico: que la suma de su base imponible general (casilla 455) y la de su base imponible del ahorro (casilla 465) sea inferior a 24.107,20 euros. Esta deducción es aplicable a toda España (menos País Vasco y Navarra que tienen su propia normativa de IRPF).
Hay que tener en cuenta que además de la deducción comentada, algunas comunidades autónomas tienen su propia deducción. Y entre los requisitos obligatorios para poderse acoger, suelen incluir que se haya depositado fianza y se haya registrado el alquiler en el departamento correspondiente de la comunidad.
En la Comunidad Gallega, es obligatorio depositar fianza y presentarlo en el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo. La edad del contribuyente debe de ser igual o inferior a 35 años y que la suma de bases imponibles sean menores de 22.000 euros.
Saludos.