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¿Se consideran gastos deducibles las cuotas de la comunidad para el arrendador de una vivienda?

21 respuestas
¿Se consideran gastos deducibles las cuotas de la comunidad para el arrendador de una vivienda?
¿Se consideran gastos deducibles las cuotas de la comunidad para el arrendador de una vivienda?
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#9

Re: ¿Se consideran gastos deducibles las cuotas de la comunidad para el arrendador de una vivienda?

Esta reducción no la puedes aplicar en ningún porcentaje , ya que no cumplen los inquilinos con la condición de tener rentas superiores a IPREM.

La edad es solo determinante para tener el 100 o el 60 , pero siempre que cumplan con las condiciones de la renta.

Saludos

#11

Re: ¿Se consideran gastos deducibles las cuotas de la comunidad para el arrendador de una vivienda?

O.K. ¡¡Pues vaya......!!

¡¡Muchas gracias y un saludo!!

#12

Re: ¿Se consideran gastos deducibles las cuotas de la comunidad para el arrendador de una vivienda?

El contrato de alquiler no es de temporada. Es anual, de 1 de Agosto 2012 a 31 de Julio 2013, ya que les interesa tenerlo todo el año.

Ya leeré el enlance con tranquilidad.

Un saludo

#13

Re: ¿Se consideran gastos deducibles las cuotas de la comunidad para el arrendador de una vivienda?

En el caso de no ser de temporada, y en mi humilde opinión, puedes aplicarte la reducción del 60%.

Saludos.

#14

Re: ¿Se consideran gastos deducibles las cuotas de la comunidad para el arrendador de una vivienda?

muchas gracias Lunatico, me lo has dejado claro :-)

#15

Re: ¿Se consideran gastos deducibles las cuotas de la comunidad para el arrendador de una vivienda?

El valor catastral edificable ( No suelo) que se puede deducir un 3%, es el valor catastral que figura en la información catastral de immuebles que figura en la hoja de datos que facilita hacienda?

#16

Re: ¿Se consideran gastos deducibles las cuotas de la comunidad para el arrendador de una vivienda?

¡¡Hola jthree!! El valor catastral edificable sobre el que el arrendador se puede deducir el 3%, aparece en el Recibo del IBI. En él vienen desglosados los dos valores: el del suelo y el de la edificacción. El valor que refleja los datos fiscales de Hacienda es la suma de los dos.

Un saludo