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Re: Tributación plusvalía venta de paquete de acciones con diferentes antiguedades de adquisición.
Las pérdidas que te queden pendientes (de menos de un año), las puedes compensar solamente con ganancias de menos de un año y con el 10% de otros ingresos netos (de trabajo o de rendimientos empresariales principalmente) en el mismo año o en los cuatro siguientes. Tributan en la base liquidable general.
Por tanto no podrías compensarlas con ganancias que se hayan generado en más de un año.
Las pérdidas que se hayan generado en compraventas de más de un año, solamente se compensan con ganancias de más de un año, en el mismo ejercicio o en los cuatro años siguientes. Tributan en la base liquidable del ahorro.
Saludos.
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