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Impuesto sucesiones ¿se puede derogar a otro heredero la propiedad para pagar menos?

3 respuestas
Impuesto sucesiones ¿se puede derogar a otro heredero la propiedad para pagar menos?
Impuesto sucesiones ¿se puede derogar a otro heredero la propiedad para pagar menos?
#1

Impuesto sucesiones ¿se puede derogar a otro heredero la propiedad para pagar menos?

grACIAS POR TU ATENCIÓN,TU TIEMPO Y TU AYUDA.eSTAMOS EN cANARIAS,MI MADRE HEREDO POR 2ª NUPCIAS CON SU MARIDO,ÉL ya(perdona las mayúsculas)no tenía ascendentes,ni paralelos ni descendientes,solo 2 sobrinos q estan en Venezuela,testó,es un testamento raro,pues no se mencionan los bienes,pone los gananciales,cuentas y apartamento(este sí lo describe)a mi madre,y pone mis bienes privativos o heredados a mis sobrinos con derecho de acrecer entre ellos,las demás propiedades son una casa un apartamento y el coche,resulta q hacía años puso en gananciales el apto,donde vivían así q le toca a mi madre,pero,visto q el impuesto de sucesiones a sobrinos es tan alto ¿ellos podrían derogar su herencia total o parcialmente a favor de mi madre y así pagar menos impuestos?¿hay forma de renuncia a la herencia en favor de mi madre o al renunciar y no existiendo (creo)derecho a acrecer con ella se lo queda el estado?gracias,por tu dedicación

#2

Re: Impuesto sucesiones ¿se puede derogar a otro heredero la propiedad para pagar menos?

Si los herederos renuncian a la herencia, la situación pasa a tramitarse como si no existiese testamento, y se activan los mecanismos de elección de herederos legales.

Primero los descendientes (hijos, nietos)
Luego los ascendientes (padres, abuelos)
Luego los colaterales, siendo el primero el cónyuge superviviente.

Los herederos deben renunciar notarialmente a la herencia.

Tu madre pasará a disponer de lo que le corresponda por la disolución de gananciales, y luego el resto, por herencia intestada.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Gracias CACHILIPOX,en ese caso la ley dice que le queda todo en USUFRUCTO,pero no en TITULARIDAD

Con lo cual puede alquilar pero no vender y luego al morir ella pasa al estado,son inmuebles 4,y ya te digo de una forma o de otra le queda a hacienda la mayor parte,creo q todos deberíamos saber q al testar complicamos la situación a los demás,pues :aceptar la herencia:todos juntos en notaría,si estan en el extranjero,poderes,etc¿y si te llevas mal?si no testas y no tienes hijos,padres,etc,se lo quedara el ESTADO

#4

Re: Gracias CACHILIPOX,en ese caso la ley dice que le queda todo en USUFRUCTO,pero no en TITULARIDAD

a ver tu madre de entrada es titular del 50% de los bienes que sean o se hayan declarado como gananciales. Del otro cincuenta creo que su marido la nombre heredera luego tambien seria dueña del otro 50%. De los bienes privativo de su conyuge, dices que se los deja a sus sobrinos de venezuela.
Si estos renunciaran que lo tendran que hacer en el notario o en su caso en el consulado. de la parte que ellos renuncian ( los dos) se tratan esos bienes como si no se hubiera testado al renunciar y sobre los mismos como te indica cachilipox tu madre seria heredera legal.
Por lo tanto estando tu madre el estado no recibiria nada. Y claramente puede hacer con los bienes lo que quiera ( vender, alquilar, donar etc.)
Y cuando tu madre fallezca su herederos sereis sus hijos de todos los bienes que sean de su propiedad.
UN saludo