Defecto o error en resolucion de recurso de reposicion - itp
Actualmente estoy incurso en un proceso de comprobacion de valor por parte de Hacienda Regional del itp abonado el año pasado por la compra de una vivienda.
Resumiendo, una vez satisfecho el itp de la compra, me remitieron meses despues una complementaria basada en que deberia haber utilizado como base imponoble el valor catastral multiplicado por un coeficiente, por lo que me salia a abonar una diferencia bastante elevada.
En el periodo de alegaciones, entre otras, aporte el informe de tasacion hipotecario del inmueble (algo enferior al catastral revisado), aceptando este valor como de valor real de la vivienda.
Posteriormente, interpuse recurso de reposicion, el cual fue desestimado en su totalidad.
El caso, es que en los fundamentos de derecho de ra resolucion desestimatoria del recurso, se afirma que desestiman mi pretension ya que en base articulo 57 de la LGT asi como Jurisprudenci varia , "el informe emitido por el perito de la administracion contiene todos los elementos datos y parametros necesarios para que el obligado tributario pueda conocer los criterios utilizados .....(etc)"
Al haberme previamente comunicado que me aceptan el valor de tasacion para determinacion de la base imponible sospecho que dicho informe pericial no existe (por error o corta-pega de legalejos de una resolucion a otra, no quiero considerar que sea con animo de falsear la misma) y en el caso de existir no me ha sido facilitado dicho pericial (la resolucion por la redacción entrecomillada da por hecho que tengo conocimiento del mismo).
Mi intencion es recurrir al TEAR, ya que supongo que existe como minimo algun defecto legal de forma o de notificacion o situacion de indefension.... etc.
Agradeceria saber vuestra opinion y algun consejo de como enfocar el "abordaje" de la cuestion planteada en la reclamacion, ya que soy profano en este campo
Gracias y un saludo