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Fiscalidad de muface

8 respuestas
Fiscalidad de muface
Fiscalidad de muface
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#1

Fiscalidad de muface

Buenas noches, tengo una duda sobre la fiscalidad de las cantidades pagadas a muface.

Soy mutualista voluntario por lo que pago a muface cierta cantidad todos los meses.

hasta ahora estas cantidades las reducía de la base imponible introduciendolas como pagos a mutualidades de previsión social, pero este año he recibido una carta de hacienda diciendo que no pueden ser consideradas de ésta manera y que no puedo por lo tanto incluirlas en éste concepto.

¿Es correcta esta interpretación de hacienda?
¿Cabe alguna argumentación en el recurso?

Saludos,
Nicolás Company.

#2

Re: Fiscalidad de muface

Según la normativa fiscal, el pago debería ser OBLIGATORIO y no voluntario como dices en tu comentario:

Artículo 19. Rendimiento neto del trabajo.

1. El rendimiento neto del trabajo será el resultado de disminuir el rendimiento íntegro en el importe de los gastos deducibles.

2. Tendrán la consideración de gastos deducibles EXCLUSIVAMENTE los siguientes:

a. Las cotizaciones a la Seguridad Social o a mutualidades generales obligatorias de funcionarios.

Fuente: Ley Impuesto Renta Personas Físicas.

Saludos.

#3

Re: Fiscalidad de muface

Efectivamente, el pago a la muface es obligatorio, pero en función de la plaza que ocupes.

Así ocurre en la plaza que le corresponde a mi destino, y antes esa cotización la desgravaba en los rendimientos del trabajo.

Pero ahora estoy en excedencia de mi plaza, ocupando otro puesto que pertenece a la comunidad y no el que me corresponde por oposición. Por eso, al ser diferente éste nuevo puesto no tengo obligación de pertenecer a muface, pero sí tengo el derecho de quedarme en muface como mutualista voluntario, aportando las cantidades que faltan para completar el descuento que en nómina realizan para la seguridad social.

Espero haber podido explicarlo bien, hasta para mí es algo liosa esta situación.

Saludos.

#4

Re: Fiscalidad de muface

Opino como Empty, la lista de gastos deducibles de los rendimientos del trabajo que figuran en el artículo 19 de la Ley del IRPF, es una lista cerrada, no se admiten más gastos que los allí especificados, en el caso de cotizaciones a las mutualidades de funcionarios únicamente se permite para las mutualidades obligatorias, por lo tanto las cuotas como mutualista voluntario, al encontrarte en excedencia, no encajan en este apartado. Tampoco serían susceptibles de formar parte de las reducciones de la base imponible, pues MUFACE no es una Mutualidad de Previsión Social.
Aunque no es exactamente tu caso (se trata de un prejubilado y se refiere a la ley 40/98), dado que la redacción del artículo es idéntica, en la consulta 2348-03 tienes el criterio de la Administración.

http://petete.minhap.es/Scripts/know3.exe/tributos/consulta/texto.htm?NDoc=15758&Consulta=.EN+NUM-CONSULTA+%282348-03%29&Pos=0&UD=1

Saludos.

#5

Re: Fiscalidad de muface

Parece que todo apunta a que no voy a poder desgravarme las cotizaciones a Muface. Aunque particularmente sigo entendiendolo como un agravio comparativo con los mutualistas forzosos.
Si unas cantidades pueden ser desgravables, en mi opinión que por desgracia no coincide con la de la ley tributaria, no deberían depender de ser voluntarias o no.

Muchas gracias por vuestra ayuda.

Saludos

#6

Re: Fiscalidad de muface

La cotización a Muface con carácter voluntario se produce por solicitud dentro de los treinta días siguientes al pase del funcionario a una excedendencia, cuando la excedencia no obliga a seguir cotizando a a clases pasivas por ej. Voluntaria la Muface pasa a cobrar al mutualista el cien por cien capitativo de lo que le cuesta al Estado cada titular de derecho y dicha cotización voluntaria. Se considera como un seguro de salud ya que no deviene una cotización forzosa, por tanto no puede desgravarse

#7

Fiscalidad de MUFACE en IRPF2015

Hola:
Soy profesor con destino definitivo en Aragón. Yo pago MUFACE todos los meses. ¿desgrava de alguna manera en el IRPF2015? ¿puede considerarse un pago voluntario de seguro médico (desgravación autonómica de Aragón)?
Si desgrava, ¿dónde debería declararlo en el programa PADRE?
Espero vuestra respuesta. Gracias.

#8

Re: Fiscalidad de MUFACE en IRPF2015

Cuando dices que pagas Muface todos los meses, ¿te refieres al descuento en nómina por aportación obligatoria o a que cotizas voluntariamente?

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.