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Compensación por pérdidas patrimoniales con rendimientos del trabajo

2 respuestas
Compensación por pérdidas patrimoniales con rendimientos del trabajo
Compensación por pérdidas patrimoniales con rendimientos del trabajo
#1

Compensación por pérdidas patrimoniales con rendimientos del trabajo

Hola,

Mi pregunta es en relación a si se pueden compensar los rendimientos del trabajo con perdidas patrimoniales derivadas de la venta de acciones, con el fin de reducir la base imponible para el cálculo de los impuestos a declarar por rendimientos derivados del trabajo.

En internet se puede encontrar el algoritmo para el cálculo de las retenciones por rendimiento de trabajo del irpf para 2012:

TABLA 2 - ESCALA DE RETENCIÓN INCREMENTADA
BASE hasta Cuota Resto BASE hasta Porcentaje
17.707,20 4.382,53 15.300,00 30,00
33.007,20 8.972,53 20.400,00 40,00
53.407,20 17.132,53 66.593,00 47,00
120.000,20 48.431,24 55.000,00 49,00
175.000,20 75.381,24 125.000,00 51,00
300.000,20 139.131,24 En adelante 52,00

Fuente: http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Informacion_institucional/Campanias/Retenciones_trabajo_personal/2012/ALGORITMO2012FEBRERO.pdf

Mi pregunta es, suponiendo que cobrase 34000 euros, de tal forma que estuviese en la segunda fila (40%), si materializo pérdidas por 1000 euros, derivadas de la venta de acciones, ¿se podrían compensar con los rendimientos del trabajo para pasar a la primera fila (30%)?

Sé que son dos conceptos distintos, pero no soy un experto en fiscalidad y desconozco si se puede hacer esto,

Por otro lado, si no es así, ¿en que casos compensa materializar patrimoniales pérdidas latentes antes de fin de año?

Un saludo y gracias,

#2

Re: Compensación por pérdidas patrimoniales con rendimientos del trabajo

No se pueden compensar.
Las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales se compensan con las pérdidas originadas por los mismos elementos. Salvo cambios legislativos estas últimas se integran en la base del ahorro y los rendimientos del trabajo en la base general.

Saludos.

#3

Re: Compensación por pérdidas patrimoniales con rendimientos del trabajo

Exacto. Y, en todo caso, podrás compensar las pérdidas (si en ese mismo año no has podido), con ganancias por el mismo concepto de los cuatro ejercicios siguientes.