Acceder

Compra venta de participaciones sociales

3 respuestas
Compra venta de participaciones sociales
Compra venta de participaciones sociales
#1

Compra venta de participaciones sociales

Soy nuevo en Rankia. Saludos a todos. Voy a ver que tal funciona esto con una primera cuestión creo que fácil de resolver.
Entre varios amigos tenemos una SL. Quiero comprarle a uno de los socios sus participaciones sociales. ¿Me podéis aclarar que impuesto se pagaría, qué %, dónde lo pago (en la Hacienda estatal o autonómica?)y qué plazo tengo para pagarlo?

#2

Re: Compra venta de participaciones sociales

Bienvenido a Rankia,

La compra-venta de participaciones sociales por lo general no está sujeta a ningún impuesto, aunque debes de tener en cuenta que en determinados supuestos previstos en el artículo 108.2 de la Ley del Mercado de Valores puede estar sujeta al mismo impuesto que la transmisión de inmuebles.

Un slaudo.

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#3

Re: Compra venta de participaciones sociales

Una ligera pero larga matización.

Según la interpretación de la Administración, la transmisión de participaciones sociales sí está sujeta al impuesto de transmisiones patrimoniales: "A efectos fiscales, el artículo 7.1.A) del Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, que recoge el Texto Refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados declara sujetas a tributación las transmisiones onerosas por actos inter vivos de toda clase de bienes y derechos integrantes del patrimonio de personas físicas o jurídicas, de modo que la transmisión que un socio de una sociedad civil o mercantil hace de su participación social origina el hecho imponible del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas".

Efectivamente, luego existe una exención en esa transmisión, salvo, como bien dice Amaparo Sisternes, en los supuestos previstos. Creo muy interesante la lectura de esta consulta vinculante (y con cuidado, que ese artículo 108 ha sido modificado recientemente, en la Ley 7/2012):

http://petete.minhap.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=15046&Consulta=v0%36%32%35%2D0%35&Pos=2&UD=1

En ambos casos, no sujección o exención, el impuesto a pagar por la transmisión es cero, pero la diferencia va un poco más allá de un supuesto técnico. Mientras en una no sujección no existen "tareas auxiliares" (no hay nada que hacer) en una exención sí que existe la obligatoriedad de realizar las "tareas auxiliares". Traducido, para evitar sanción alguna, por esa transmisión hay que presentar autoliquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales, con cuota cero si está exento.

Saludos.

#4

Re: Compra venta de participaciones sociales

En Galicia. Caso practico... sociedad limitada con un socio con 100 participaciones y el otro socio con 19.900 total 20.000 participaciones. El 1º socio aporto 100 € y el 2º aporto una parcela que se valoro en los 19.900

El 2º socio quiere transmitir al 1º todas sus partcipaciones y salirse de la sociedad.

La operación es la siguiente. El 1º socio aporta a la sociedad 25.000 € que se convierten en 25.000 participaciones mas 100 que ya tenia son 25100 haciéndose con "el control" de la sociedad pasando a tener mas del 50%. Acto seguido el 2º socio transmite todas las paricipaciones al 1º que ahora tiene mas del 50% de la sociedad.
La pregunta es ¿Esta exento de tributación? Que me dicen señores!