Las formas que tiene la AEAT de conocer si un piso está alquilado son varias:
-Por la propia declaración del inquilino en su IRPF, bien por consignación de la referencia catastral de la vivienda que habita o bien por la deducción por alquiler. En ambos casos el arrendatario, consigna el el NIF del arrendador em su declaración del IRPF.
-Aunque mas dificil, por la declaración informativa modelo 159 regulada en:
Orden EHA/2041/2009, de 16 de julio, por la que se aprueba el modelo 159 de declaración anual de consumo de energía eléctrica, así como los diseños físicos y lógicos para la presentación en soporte directamente legible por ordenador y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática, BOE del 29.
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2009-12534
-En todo caso una vivienda alquilada para vivienda tiene una reducción del 60% y en el caso de que el inquilino sea menor de 30 años con rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas por importe superior al del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM), que en 2011 asciende a 7.455,14 euros, la reducción es del 100%.
Por el periodo en que el inmueble permanece vacio hay que declarar la correspondiente imputación de rentas inmobiliarias.
Saludos.