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Deducciones por rehabilitacion de vivienda de ejercicio anterior - declaración de la renta

3 respuestas
Deducciones por rehabilitacion de vivienda de ejercicio anterior - declaración de la renta
Deducciones por rehabilitacion de vivienda de ejercicio anterior - declaración de la renta
#1

Deducciones por rehabilitacion de vivienda de ejercicio anterior - declaración de la renta

Hola,

planteo la siguiente duda por si alguien me la puede resolver. En el año 2010 mi madre tuvo que afrontar una derrama para arreglar los tejados de su edificio. Tuvo que pagar 1800 euros. La comunidad solicitó una subvención por rehabilitacion de vivienda y se la concedieron. A cada vecino le correspondió una parte, en el caso de mi madre 1100 euros y se la dieron en el 2011.

Haciendo la declaración de este año me doy cuenta de que tengo que sumarle la subvencion, pero el año pasado se nos pasó por completo deducir el gasto de 1800 euros, ¿sabéis si puede deducirse de alguna manera aunque sea un gasto de otro ejercicio?. Pienso que no, pero si hay alguna via y alguien lo sabe se lo agradecería mucho.

Gracias.

Un saludo.

#2

Re: Deducciones por rehabilitacion de vivienda de ejercicio anterior - declaración de la renta

En pura ortodoxia fiscal el gasto de los 1.800 euros realizado en el 2010 , se deberia reclamar mediante Solicitud de Ingresos Indebidos.

Pero yo lo incluiria en este ejercicio 2011 en el Anexo A.2(III) por obras realizadas antes del 7 de Mayo del 2011 , que tiene una deduccion del 10%. ( El efecto fiscal sera similar ya que este era el tipo aplicable en el 2010)

La subvencion de 1.100 euros la debes incluir en la Casilla 310.

Saludos

#3

Re: Deducciones por rehabilitacion de vivienda de ejercicio anterior - declaración de la renta

Muchas gracias por la información.

Un saludo.

#4

Re: Deducciones por rehabilitacion de vivienda de ejercicio anterior - declaración de la renta

Habría que estar a la fecha de factura, ya que la comunidad de propietarios no es sujeto obligado en el IRPF. Los pagos (derramas) realizadas a favor de esta son solo un depósito o provisión de fondos para poder satisfacer las facturas cuando lleguen.

Sobre el importe de los gastos computables, habría que determinar si corresponde 1.800 (vía derrama) + 1.100 (vía subvención) = 2.900, o son 1.800 de inicio, y luego 1.100 de retorno.

Si la obra entra dentro de lo calificable como mejora, habría que tener comprobante de los pagos realizados (facturas, forma de pago,...), y reflejar el NIF de la empresa contructora, no de la comunidad.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!