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Borrador 2011 ayuda - fiscalidad

7 respuestas
Borrador 2011 ayuda - fiscalidad
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#1

Borrador 2011 ayuda - fiscalidad

Hola necesito ayuda porque en 2011 he trabajado 6 meses por ett , 4 meses he cobrado paro y he tenido un finiquito que era de 2010 pero me lo ingreso en 2011 (2800 euros).
Asi que este alo me sale a ingresar unos 1.600 euros .
He metido la deduccion de alquiler (550 euros /mes)y llevo en el piso unos 10 meses el año pasado.Asi que si incluyo tambien el alquiler se quedaria en 10.500 euros a ingresar.

asi que mi pregunta es : es normal la declaracion que me salio ?
De donde tengo yo que devolver tanto ?? porque tengo que devolver tanta cantidad , de donde viene toda esta cantidad?
es que no entiwndo muy bien.

si me puede ayudar alguien os agradezco de corazon.

#2

Re: Borrador 2011 ayuda - fiscalidad

No entiendo los de 550 euros/mes en 10 meses del 2011 ( 5.500 euros de alquiler pagado) , que si lo incluyes te aumente la Cuota Tributaria , ya que es una deduccion que hace lo contrario.

El finiquito si puedes demostrar documentalmente que pertenece al 2010 , puedes realizar una complementaria del 2010 incluyendo esta renta y pagando el suplemento que te corresponda , no declarandolo en este 2011.

Seguramente las retenciones que hayas tenido en el 2011 , han sido muy pequeñas y por tanto la Cuota resultante de la Liquidacion sea mas abultada ( Lo que no se paga en retenciones se tiene que pagar al final de la Liquidacion)

Los Borradores hay que repasarlos bien porque pueden tener errores de datos que solo puede conocer el contribuyente.

Saludos

#3

Re: Borrador 2011 ayuda - fiscalidad

Primero te agradezco por contestarme asi de rapido.
Con el alquiler quiero decir que en 2011 entre en un piso de alquiler en febrero asi que puedo incluir 10 meses dentro del borrador.
El alquiler mensual pago 550 y si te descuenta mas o mesnos 10% seria unos 550 euros por los 10 meses de alquiler.es corecto no?
el finiquito corresponde a 2010 porque me echaron el dia 31/12/2010 asi que el 01/01/2011 estaba en el aire..jajaj
en febrero 2011 estuve en la comisia de arbitraje y gane asi que en el
mismo mes de febrero me sale dentro del borrador la cantidad de 2800 que ha ingresado la empresa , pero corresponde a 2010.
como se hace la complementaria, de 2010?
madre mia creo que me toca ir a una gestoria por lo que veo....

#4

Re: Borrador 2011 ayuda - fiscalidad

La complementaria se confecciona con Impresos del 2010 o con el Programa PADRE , que se puede obtener de la Pagina de la AEAT y que corresponda el PADRE al ejercicio 2010.

Se cumplimenta con los mismos datos que aparecen en la Declaracion del 2010 presentada y se incluye esta nueva renta de 2.800 euros en rentas del trabajo , con las retenciones si las tiene.

Esta complementaria dara un resultado a pagar por la inclusion de esta nueva renta , pero se puede verificar como sale mas beneficioso , el importe de la complementaria y quitando esta renta del 2011 , o por el contrario que incremento tiene el 2011 incluyendola sin realizar complementaria, se puede elegir la mas rentable fiscalmente y si la diferencia es muy pequeña , optar por simplificar incluyendo la renta en el 2011.

Con el programa PADRE , no es nada complicado realizarte la Declaracion , ademas de servirte de enseñanza , te ahorras el coste de una gestoria que no te certifica una correcta confeccion.

Saludos

#5

Re: Borrador 2011 ayuda - fiscalidad

pero los 2800 son un dinero que me lo han dado por despido improcedente , asi que mire por intenet y dice que una indemnizacion por despido esta exenta de irpf .esto que semnifica que en teoria debe o no salir en la declaracion?
porque si esta exenta de irpf porque me sale en retribuciones?

gracias lo intentare esta tarde con el PADRE ( ojala que lo pueda hacer la que mas me conviene).

#6

Re: Borrador 2011 ayuda - fiscalidad

Las indemnizaciones por despido establecidas como obligatorias en el Estatuto de los Trabajadores están exentas.

No tiene que reflejarse en la declaración.

Artículo 7. Rentas exentas.
Estarán exentas las siguientes rentas:
(...)
e. Las indemnizaciones por despido o cese del trabajador, en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores, en su normativa de desarrollo o, en su caso, en la normativa reguladora de la ejecución de sentencias.

Fuente: Ley Impuesto Renta Personas Físicas.

Creo que confundes y mezclas dos términos: indemnización y finiquito. En el primer comentario hables de 2.800 euros de finiquito y en el comentario cinco de 2.800 de indemnización. Lo que está exento es la indemnización.

Saludos.

Saludos.

#7

Re: Borrador 2011 ayuda - fiscalidad

EL FINIQUITO me lo dio en un cheque.
pero como no estuve conforme con la cantidad , puse una denuncia ante arbitraje , y gane antes de llegar al juicio estos 2800.
De los 2800 creo que la mitad son indemnizacion y la otra mitad son nominas por 39 dias.
asi que yo creo que hay que declarar los 39 dias de nomina .es asi o estoy yo mal?
pero los 1500 de indemnizacion no entrara en la declaracion de hacienda.

te doy las gracias.

#8

Re: Borrador 2011 ayuda - fiscalidad

Como tu dices, parte del finiquito es indemnización. La parte de indemnización estará exenta porque así lo dice la normativa (artículo 7 Ley IRPF).

La parte del finiquito que no sea indemnización (es como consecuencia de pagos de días trabajados), no estará exenta y tendrás que tributar por ella.

Saludos.