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Duda Deducciòn vivienda habitual

5 respuestas
Duda Deducciòn vivienda habitual
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#1

Duda Deducciòn vivienda habitual

Hola tengo una duda que llevo planteandomela varios años y ahora he encontrado aqui la oportunidad de comentarla;
En 2007 mi marido y yo compramos una vivienda en Córdoba,pero a mi marido que es Guardia C lo destinaron a Tarragona, yo tambien empece a trabajar alli en el Instituto Catalan de la Salud, durante la semana estamos en Tarragona (vivimos en una casa cuartel)
pero los viernes cogemos el AVE y estamos en Córdoba el fin de semana. Bueno todos estos años me he deduccido la hipoteca de la casa porque para mi esta es mi vivienda aunque viva solo los fines de semana, pero temo estar realizando algun tipo de fraude.
La declaracion la hago en Andalucia pero claro mis ingresos son de la Generalitat, no se si a los de hacienda les puede chocar esto, ¿seria mejor presentarla en Cataluña? no se estoy echa un lio, a ver si algun experto en la materia me puede ayudar, gracias

#2

Re: Duda Deducciòn vivienda habitual

Te advierto que no soy experto, pero te daré mi punto de vista. Según tu comentario, vuestra vivienda habitual en el año 2007 era en Córdoba en el piso de vuestra propiedad. Posteriormente tu marido es trasladado a Tarragona donde vivís actualmente residiendo en la casa cuartel y tenéis vacío vuestro piso en Córdoba.

Yo creo que podéis seguir aplicando las desgravaciones de vuestra casa de Córdoba como vivienda habitual de acuerdo con la norma:

Artículo 54. Concepto de vivienda habitual.
1. Con carácter general se considera vivienda habitual del contribuyente la edificación que constituya su residencia durante un plazo continuado de, al menos, tres años.
No obstante, se entenderá que la vivienda tuvo el carácter de habitual cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio, tales como celebración de matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral, obtención del primer empleo, o cambio de empleo, u otras análogas justificadas.
(...)
3. Cuando sean de aplicación las excepciones previstas en los apartados anteriores, la deducción por adquisición de vivienda se practicará hasta el momento en que se den las circunstancias que necesariamente exijan el cambio de vivienda o impidan la ocupación de la misma, SALVO CUANDO EL CONTRIBUYENTE DISFRUTE DE VIVIENDA HABITUAL POR RAZÓN DE CARGO O EMPLEO, EN CUYO CASO PODRÁ SEGUIR PRACTICANDO DEDUCCIONES POR ESTE CONCEPTO MIENTRAS SE MANTENGA DICHA SITUACIÓN Y LA VIVIENDA NO SEA OBJETO DE UTILIZACIÓN.

Fuente: Reglamento Impuesto Renta Personas Físicas.

Ahora bien, tu verdadera vivienda habitual actualmente se encuentra en Tarragona y pienso que es allí donde debieras declararlo y no en Córdoba donde no resides.

Saludos.

#3

Re: Duda Deducciòn vivienda habitual

Gracias, ¿pero en Cataluña me dejaran deducirme una vivienda que está en otra comunidad?

#4

Re: Duda Deducciòn vivienda habitual

Te tienen que dejar, porque así lo dice la normativa.

En cuanto a qué comunidad perteneces:

Artículo 72. Residencia habitual en el territorio de una Comunidad Autónoma.

1. A efectos de esta Ley, se considerará que los contribuyentes con residencia habitual en territorio español son residentes en el territorio de una Comunidad Autónoma:

1.Cuando permanezcan en su territorio un mayor número de días del período impositivo.

Para determinar el período de permanencia se computarán las ausencias temporales.

Salvo prueba en contrario, se considerará que una persona física permanece en el territorio de una Comunidad Autónoma cuando en dicho territorio radique su vivienda habitual.

Fuente: Ley Impuesto Renta Personas Físicas.

Entiendo que donde mayor número de días resides, es en Cataluña.

Saludos.

#5

Re: Duda Deducciòn vivienda habitual

Hola Empty, una cuestión logicamente si la alquila ya no es su vivienda habitual, y no puede desgravarse, pero si después de alquilarla unos meses, bien no la alquila por cuestiones de mercado o porque no le da la gana, y sigue en tarragona, ¿puede volver a considerarla habitual? entiendo q no, pero bueno, tambien has puesto cosillas en tu post que las entendia de otra forma.
saludos

#6

Re: Duda Deducciòn vivienda habitual

El tema del hilo es muy peculiar y curioso. Si miras con detenimiento la siguiente consulta, no es sólo que no la pueda alquilar, sino que van más allá afirmando que no la pueden utilizar (se supone que ni en vacaciones).

Entiendo, respondiendo a tu pregunta, que una vez que la hayas utilizado (alquilado), al haber recibido una utilidad (dineraria) deja de ser tu vivienda habitual y no es posible que lo vuelva a ser.

http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=16743&Consulta=(vivienda+habitual)+.Y+(guardia+civil)&Pos=6&UD=1

Saludos.