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Pareja de hecho y enriquecimiento injusto
Buenas tardes.
Como algunos sabréis, está bastante asentada y clara la idea de que en parejas de hecho no existe pensión compensatoria según regula el artículo 97 del Código Civil. Pero lo que sí figura en algunas leyes de pareja de hecho autonómicas (las competencias son de las comunidades) es la figura del enriquecimiento injusto.
Estas dos figuras de la pensión compensatoria y el enriquecimiento injusto afloran en caso de divorcio o separación, y no antes.
Ahora bien, si dos personas, empleados públicos ambos, se hacen pareja de hecho con separación de bienes, tienen un hijo y acuerdan que uno de los dos coja una excedencia en su puesto de trabajo por cuidado de hijos (digamos durante unos 3-4 años), en ese caso existiría enriquecimiento injusto del que sigue trabajando y empobrecimiento injusto del que se coge la excedencia.
¿Pueden estas dos personas hacer escritura pública ante notario para regular el régimen económico de la pareja de hecho y acordar en ella una compensación mensual fija o variable para evitar el empobrecimiento injusto del que se quede en casa en excedencia esos 3-4 años? Y en este caso, ¿cuál sería la fórmula legal para ingresar ese dinero en la cuenta del otro?, ¿pediría Hacienda impuesto de donación por ello?, ¿es posible/imposible?
También se podría crear una cuenta con dos titulares, pero el objetivo es que el dinero pase del uno al otro, por el "perjuicio causado", y en una cuenta conjunta la propiedad real del dinero es de quien lo genera...
Gracias por vuestras opiniones de antemano!
Como algunos sabréis, está bastante asentada y clara la idea de que en parejas de hecho no existe pensión compensatoria según regula el artículo 97 del Código Civil. Pero lo que sí figura en algunas leyes de pareja de hecho autonómicas (las competencias son de las comunidades) es la figura del enriquecimiento injusto.
Estas dos figuras de la pensión compensatoria y el enriquecimiento injusto afloran en caso de divorcio o separación, y no antes.
Ahora bien, si dos personas, empleados públicos ambos, se hacen pareja de hecho con separación de bienes, tienen un hijo y acuerdan que uno de los dos coja una excedencia en su puesto de trabajo por cuidado de hijos (digamos durante unos 3-4 años), en ese caso existiría enriquecimiento injusto del que sigue trabajando y empobrecimiento injusto del que se coge la excedencia.
¿Pueden estas dos personas hacer escritura pública ante notario para regular el régimen económico de la pareja de hecho y acordar en ella una compensación mensual fija o variable para evitar el empobrecimiento injusto del que se quede en casa en excedencia esos 3-4 años? Y en este caso, ¿cuál sería la fórmula legal para ingresar ese dinero en la cuenta del otro?, ¿pediría Hacienda impuesto de donación por ello?, ¿es posible/imposible?
También se podría crear una cuenta con dos titulares, pero el objetivo es que el dinero pase del uno al otro, por el "perjuicio causado", y en una cuenta conjunta la propiedad real del dinero es de quien lo genera...
Gracias por vuestras opiniones de antemano!