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Mejora del privativo irpf

4 respuestas
Mejora del privativo irpf
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Mejora del privativo irpf
#1

Mejora del privativo irpf

Os cuento la situación.

Mi madre heredó una finca ( privativo) y sobre ella se construyó una vivienda ( también privativa año 2003) pero se pagó con dinero de gananciales, pues bien, ahora está en venta  y dado que la casa adquiere derecho privativo por construirse sobre un solar privativo me surgen las siguientes preguntas:

¿Quién tendría que declarar la ganancia patrimonial, mi madre, mi padre o los dos?

En caso de que fuese mi madre porque es la titular del bien al 100%, mi padre ¿cómo podría reclaramar su ganancia patrimonial del dinero que el puso para mejorar el privativo?

Gracias

#2

Re: Mejora del privativo irpf

Este post de un blog te explica de manera totalmente ideal a tu caso:

https://www.mundojuridico.info/dinero-ganancial-invertido-la-mejora-bienes-privativos/

En resumen, la ganancia patrimonial es de tu madre, y la declara ella. Tu madre, a su vez, es deudora de la sociedad en gananciales (el matrimonio entre ella y tu padre), y llegado el caso, en la disolución de la sociedad de gananciales (por divorcio, capitulaciones matrimoniales, fallecimiento,...), habrá que tener en cuenta este crédito.

Mientras persista la sociedad de gananciales, tu padre individualmente no tiene nada que reclamar, pues no fue él a título privativo quien puso nada. Lo financiado fue un acto de la sociedad de gananciales.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Mejora del privativo irpf

Gracias por la rápida respuesta.

Me podrías decir cómo quedaría la cosa en caso del fallecimiento de mi padre antes de la venta de la casa

El crédito que mencionas a la sociedad de gananciales, la parte de mi padre ¿cómo pasaría a los herederos, en cuantía económica o derechos sobre esa vivienda?

#4

Re: Mejora del privativo irpf

Hay varios considerandos. Pero en resumen resumido la cosa sería así:

La madre es acreedora de la sociedad de gananciales por el importe en que se haya visto incrementado su patrimonio. Por ejemplo, si el solar tenía un valor XXX, y ahora ya construido el inmueble vale YYY, esa diferencia, financiada por la sociedad de gananciales, es el importe del crédito. Puede ser una cantidad mayor, o menor, que el dinero efectivamente puesto.

Llegado el caso, para determinar el relicto del padre, primero hay que proceder a la disolución y adjudicación de gananciales. El acervo total de gananciales será:

(lo que haya) + (ese incremento patrimonial del bien privativo de tu madre)

La mitad le corresponderá a la madre, y a otra mitad de esa valoración será la cuota de liquidación del padre, e irá al relicto.

Derechos sobre esa vivienda, por parte de padre, no teneis ninguno. Es privativa de la madre. Tendreis, en el caso, mayor derecho sobre lo que deje el padre, y en el extremo, un derecho de reclamación económica contra la madre.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Mejora del privativo irpf

Muchas gracias por la informacion me sido de gran ayuda.