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Madrid plusvalia municipal - valor catastral para bonificación

3 respuestas
Madrid plusvalia municipal - valor catastral para bonificación
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Madrid plusvalia municipal - valor catastral para bonificación
#1

Madrid plusvalia municipal - valor catastral para bonificación

Buenos días,

En el caso de una herencia en la que sólo se trasmite la propiedad de la mitad de un piso (la otra mitad corresponde a la viuda por gananciales), a efectos del impuesto sobre el incremento de valor de terrenos urbanos, se aplica la bonificación que corresponde al 100 % del valor catastral del suelo o el que corresponde al 50% que es lo que se transmite?

Gracias

#2

Re: Madrid plusvalia municipal - valor catastral para bonificación

 

Buenas tardes:

Si la adquisición ha superado los 20 años la plusvalía es CERO (0). No tienes que ir a la bonificación. 

En el caso que no sea así, la plusvalía ya no está regida por las tablas de la TRLRHL, si la plusvalía real no respalda esa plusvalía ficticia de la TRLRHL y en consecuencia la tablas de los ayuntamientos. 

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/3777914-herencia-plusvalia

Respuestas 3,17, 34 y otras.

Si es menos de 20 años, las tablas,en la medida que no estén respaldadas por el incremento real,  no rigen y tendrás que calcular el incrmento real.

Saludos. 

#3

Re: Madrid plusvalia municipal - valor catastral para bonificación

Gracias por vuestra ayuda.
El piso tiene 45 años desde la compra.
Esta en Madrid. Creo que le corresponde un coeficiente 0.60 al tener mas de 20 años. Aunque reclamen un impuesto muy elevado no creo que se pueda evitar

#4

Re: Madrid plusvalia municipal - valor catastral para bonificación

Buenos días:

Lo que no podrán evitar, si te intentan cobrar, es que salgan los responsables de la función pública, ya que se habrían convertido en unos ciudadanos antisociales, pues incumplirían el art. 31.1. de la Constitución Española, que no permite la confiscación, por su forma de actuar.

Puede que en algún momento, en el climax de la burbuja inmobiliaria, el incremento de valor sea alto. Pero la ley de los grandes números de estadística dice que el incremento de valor de los terrenos, con el tiempo, estará muy cerca del IPC. El 60 % sobre el valor catastral representa el 150 % del valor de adquisición. Lo cual es muy difícil que se produzca, teniendo además en cuenta el IBI que se ha pagado por la simple tenencia del terreno. 

El art. 404 del Código Penal hará que los responsables de Madrid del IIVTNU, que se comporten como antisociales, se moderen, ya que tienen familias a las que mantener.

Saludos.