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Fiscalidad de la compra bitcoins en el extranjero y venta en España

6 respuestas
Fiscalidad de la compra bitcoins en el extranjero y venta en España
Fiscalidad de la compra bitcoins en el extranjero y venta en España
#1

Fiscalidad de la compra bitcoins en el extranjero y venta en España

Hola,

Soy un espanyol trabajando en Asia. Con el cambio de la moneda local a euros siempre pierdo un buen pellizco, ademas de mucho tiempo. Por otra parte, de vez en cuando compro algunas criptodivisas (bitcoin, litecoin, etc). Habia pensado utilizar este medio para hacer los cambios de divisas, pero me surgen las siguientes dudas respecto a la fiscalidad:

1) Como se declaran los beneficios generados por la compra-venta de bitcoins?

2) Si vendo en Espanya bitcoins comprados en Asia, cuales son los beneficios generados? Dado que Hacienda no tiene constancia del coste de la compra, el 100% de la venta seran beneficios?

3) Los beneficios se declaran cuando te llega el dinero a tu cuenta bancaria? o en el momento en el que haces la venta, estando tu dinero todavia en el Exchange?

4) Hay algun limite a tener en cuenta? a partir del cual hay que hay que declarar? a partir del cual se pague mas?

Si alguien sabe del tema y tiene alguna recomendacion de como podria llevar a cabo este proceso lo agradeceria mucho.

Un saludo.

#2

Re: Fiscalidad de la compra bitcoins en el extranjero y venta en España

Entiendo que no eres minero, sólo usuario.

El BTC a esos efectos se trata igual que cualquier otra divisa; como si compraras dolares. Exento de IVA o ITP para el usuario. Para un particular tiene la consideración de Ganancia o Pérdida Patrimonial, por la que  tributas en el IRPF como Renta del Ahorro. El Valor lo mides en el momento de la compra y el valor en el momento de la venta, independientemente de lo que tarden en ingresarte el cambio en tu cuenta.

Como puedes tener muchos BTC comprados en diferentes momentos con diferenes valores, lo que se está entendiendo como mejor es utilizar el metodo FIFO, es decir, se entenderá que vendes primero los primeros que compraste. Aunque otros contables dicen que es mejor hacer un balance de los bitcoins que se han tenido durante el año y calcular el precio medio de adquisición.

No, no hay limite, se declara la perdida o la ganancia. En teoria desde el primer Satoshi ya habria que declarar. 

Salud.

#3

Re: Fiscalidad de la compra bitcoins en el extranjero y venta en España

Muchas gracias por tu respuesta E.delvalle. Entiendo que se trata de Ganancia o Pérdida Patrimonial. Pero en este caso, yo compro BTC en asia, en un exchange de asia y con la moneda local. Después envío a España los BTC comprados. Estoy utilizando mi patrimonio en el extranjero para comprar, y Hacienda no creo que tenga información al respecto. Entonces, ¿cómo se considera la Ganancia o Pérdida Patrimonial en este caso?

#4

Re: Fiscalidad de la compra bitcoins en el extranjero y venta en España

Ya, si lo imagino. El asunto es que la AEAT no lo tiene claro tampoco. Y hay bastantes lagunas, es decir más preguntas que respuestas en todo este mundo de las monedas digitales. 

Por eso no queria entrar mucho en ello, porque en realidad poco se sabe con seguridad... Excepto que es considerado Ganancia o Perdida Patrimonial ya que sobre divisas si hay que consultas vinculantes de la DGT. Y si sabemos también que al BTC  Hacienda lo considera una Divisa. Lo unico que parece claro es eso,  y que si tenias 40 y ahora 50, debes declarar 10, y que si has perdido puedes declarar la perdida. La misma mecanica del FOREX 

En teoria, volviendo a tu pregunta sobre si Hacienda sabe o no sabe...debes saber que si eres residente en España y hay patrimonio en el extranjero, que cumpla ciertos requisitos, habría que declarar/informar con el modelo 720, con toda la problematica que tiene, pero en principio si estás usando cuentas por mas de 50.000 € fuera de España se debería informar vía modelo 720.

Ese es el paso que te falta. El 720. Sobre el 720 te dejo enlace

https://edelvalleblog.wordpress.com/2016/10/25/bienes-en-el-extranjero-y-el-terrorifico-modelo-720/

Salud.

#5

Re: Fiscalidad de la compra bitcoins en el extranjero y venta en España

Gracias de nuevo E.delvalle. Desde hace un par de años yo no soy residente en España. Según dices y acabo de leer en un par de webs, sólo los residentes en España están obligados, entonces yo no estaría obligado a presentar el modelo 720, es así?

#6

Re: Fiscalidad de la compra bitcoins en el extranjero y venta en España

El 720 se presentará desde el 1 enero hasta el 31 marzo de 2018, para aquellos  residentes que a 31 diciembre 2017 fueran titulares de bienes en el extranjero (también afecta a repesentantes, pero no parece tu caso).

Por tanto. No eres residente no lo presentas este año.

Y si no eres residente hace tiempo...tampoco  presentas el IRPF (normal), presentarás el IRNR, el Impuesto de la Renta de No Residentes si  es que obtienes rentas en España. Sobre el IRNR dale un vistazo a esto.

http://www.bolsamania.com/declaracion-impuestos-renta/la-declaracion-de-irpf-para-los-no-residentes-o-el-impuesto-sobre-la-renta-de-no-residentes/

Salud.

#7

Re: Fiscalidad de la compra bitcoins en el extranjero y venta en España

buenas noches.

amigo quiero saber como declarar renta en españa, pues compro btc en colombia y los vendo en españa.

como me pueden ayudar ?