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Cobro Fogasa: duda

4 respuestas
Cobro Fogasa: duda
Cobro Fogasa: duda
#1

Cobro Fogasa: duda

Buenas tardes a todos,

Les comento mi caso. Mi empresa cerró en el 2009 dejandonos a deber varios meses de salarios. Lo reclamamos vía judicial y finalmente como la empresa declaró la insolvencia, fuimos directamente a Fogasa.

En Marzo del 2012 he cobrado la parte de salarios que se me dejó a deber en el 2009 y la indemnización.

Se que la indemnización no la tengo que declarar, pero tengo un follón tremendo en como declarar los salarios,
Después de haber hablado varias veces con el servicio de Información de la Agencia Tributaria, cada uno me dice una cosa;

- Unos me dicen que tengo que declararlos en el año en que la sentencia fue firme (Si coincide que fue firme en el 2011, solo tendría que incrementar los salarios de Fogasa a las retribuciones de la declaración que hay que hacer este año).

- Si la declaración fue firme en el 2010, entonces tengo que hacer complementaria del 2010.

- Y finalmente hoy me han dicho que como son salarios del 2009, tengo que hacer complementaria este año del año 2009.

Alguien me puede aclarar que tengo que hacer.
Muchas gracias.

#2

Re: Cobro Fogasa: duda

Bienvenida a Rankia,

Los pagos del FOGASA que corresponden a periodos anteriores puede demorarse pero no existir un litigio sobre su percepción. En este caso, si no hay litigo, se declaran en el año en que se perciben, mediante una declaración complementaria del ejercicio correspondiente.

Pero si existiese un litigio sobre el derecho a percibir esas retribuciones, en caso de ganar, se declaran como rendimiento del trabajo del ejercicio en el que la sentencia es firme. Es decir, este importe tributa o se declara el año en que se dicta sentencia firme de pago, y este año puede coincidir o no con el año del cobro del importe.

Fiscalmente los ingresos provenientes del FOGASA tienen naturaleza de rendimientos del trabajo, y se debe tributar por ellos en la casilla 001.

Un saludo.

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#3

Re: Cobro Fogasa: duda

Muchas gracias Amparo.

Te cuento, el abogado me he dicho que la sentencia firme fue el 02/12/2010, con lo que deduzco que
como he cobrado en el 2012 tengo que hacer una complementaria del 2010 este año.
¿Sería así?
Muchas gracias por tu ayuda.

#4

Re: Cobro Fogasa: duda

Si, así es, deberás realizar declaración complementaria del ejercicio 2010 incluyendo estas percepciones como rendimientos del trabajo.

Un saludo.

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#5

Re: Cobro Fogasa: duda

Una vez más, Muchas gracias Amparo!!!!