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Re: Devolución exceso cuotas autónomo en pluriactividad en 2024
Resulta que ha habido una modificación del art. 313 de la Ley General de la Seguridad Social, y ahora el plazo ya no es hasta el 1 de mayo, sino " en un plazo máximo de cuatro meses desde la regularización prevista en el artículo 308.1.c) salvo cuando concurran especialidades en la cotización que impidan efectuarlo en ese plazo o resulte necesaria la aportación de datos por parte del interesado, en cuyo caso el reintegro se realizará con posterioridad al mismo."
Es decir, que ahora hay que esperar a que hayamos presentado la declaración de IRPF y la Seg. Social tenga a bien comprobar que la cotización realizada es correcta en función de los rendimientos. Como para devolver, según el art. 308.1.c., en caso de que se haya cotizado de más, tienen hasta el 30/4/2025, no me extrañaría que pase lo mismo con la devolución del exceso por pluriactividad (y además sin intereses de demora):
"Si la cotización provisional efectuada fuese superior a la cuota correspondiente a la base máxima del tramo en el que estén comprendidos sus rendimientos, la Tesorería General de la Seguridad Social procederá a devolver de oficio la diferencia entre ambas cotizaciones, sin aplicación de interés alguno, antes del 30 de abril del ejercicio siguiente a aquel en que la correspondiente Administración tributaria haya comunicado los rendimientos computables a la Tesorería General de la Seguridad Social."
Lo de siempre, vamos, ayudando al autónomo. Pero oye, vamos muy bien, hay tropecientos mil más receptores del ingreso mínimo vital.
Es decir, que ahora hay que esperar a que hayamos presentado la declaración de IRPF y la Seg. Social tenga a bien comprobar que la cotización realizada es correcta en función de los rendimientos. Como para devolver, según el art. 308.1.c., en caso de que se haya cotizado de más, tienen hasta el 30/4/2025, no me extrañaría que pase lo mismo con la devolución del exceso por pluriactividad (y además sin intereses de demora):
"Si la cotización provisional efectuada fuese superior a la cuota correspondiente a la base máxima del tramo en el que estén comprendidos sus rendimientos, la Tesorería General de la Seguridad Social procederá a devolver de oficio la diferencia entre ambas cotizaciones, sin aplicación de interés alguno, antes del 30 de abril del ejercicio siguiente a aquel en que la correspondiente Administración tributaria haya comunicado los rendimientos computables a la Tesorería General de la Seguridad Social."
Lo de siempre, vamos, ayudando al autónomo. Pero oye, vamos muy bien, hay tropecientos mil más receptores del ingreso mínimo vital.
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Re: Devolución exceso cuotas autónomo en pluriactividad en 2024
#12
Re: Devolución exceso cuotas autónomo en pluriactividad en 2024
buenas,
alguien sabe algo mas de cuanto vamos a regularizar las cuotas??
Todos los autonomos lo regualizaron en enero y a nosotros para cuando? me parece acojonante que tenga que pasar 1 año entero para que nos hagan la devolucion de la parte correspondiente.
A ver si alguien se ha enterado de algo...
gracias
alguien sabe algo mas de cuanto vamos a regularizar las cuotas??
Todos los autonomos lo regualizaron en enero y a nosotros para cuando? me parece acojonante que tenga que pasar 1 año entero para que nos hagan la devolucion de la parte correspondiente.
A ver si alguien se ha enterado de algo...
gracias
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Re: Devolución exceso cuotas autónomo en pluriactividad en 2024
Pues me ha llegado la resolución de regularización de cuotas de 2023, y no solo no me devuelven el exceso de cotizaciones, sino que me dicen que he cotizado de menos y tengo que ingresar 1.790 euros.
La razón de este absurdo es que tienen en cuenta mis rendimientos declarados tanto por mi trabajo por cuenta ajena en régimen general, como por mi actividad profesional en autónomos. Pero, sin embargo, solo tienen en cuenta mis bases de cotización en autónomos.
Por supuesto, ya lo he recurrido. Seguiremos informando.
La razón de este absurdo es que tienen en cuenta mis rendimientos declarados tanto por mi trabajo por cuenta ajena en régimen general, como por mi actividad profesional en autónomos. Pero, sin embargo, solo tienen en cuenta mis bases de cotización en autónomos.
Por supuesto, ya lo he recurrido. Seguiremos informando.
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Re: Devolución exceso cuotas autónomo en pluriactividad en 2024
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