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Suspensión subsidio mayores 52 años. - SEPE

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Suspensión subsidio mayores 52 años. - SEPE
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Suspensión subsidio mayores 52 años. - SEPE
#1

Suspensión subsidio mayores 52 años. - SEPE

Buenos dias, en la esperanza de que alguien me pueda informar del tema, les planteo la siguie te consulta:

Mi mujer es perceptora de la subvención para mayores de 52 años desde octubre de 2010. El 28/12/17,se formalizó escritura de compraventa de un piso recibido en herencia de su madre, fallecida en dicienbre de 2008 que se repartió entre el padre (50%) y los 4 hijos (cada uno 8,3 en propiedad y 4,2 en nuda propiedad), de acuerdo al documento que se confeccionó y presentó en mayo de 2009 en las oficinas del impuesto de Sucesiones y el de las Pluvalias abonándo los mismos. Con fecha 28 de diciembre de 2017 se ha vendido el piso al tener que ingresar el padre en una Residencia. Previamente hubo que hacer escritura de la herencia porque si no no era posible venderlo, efectuándose el 25 de septiembre, en la misma se determina el valor del piso es de 84.000 € (42.000 € el padre y 10.500 para cada uno de los hijos). Con fecha 28/12/18 se vende pìso en escritura de compraventa por 64.000 € (32.000 € para el padre y 7.733 para cada uno de los 4 hijos). el 19 de enero de este año participamos esa circunstancia el SEPE, uniendo todos los documentos que he relacionado para que nos indicara que había que hacer o comunicar. La persona que nos atendió confeccionó un documento "delaracion de rentas" en el que constan que mi mujer  recibe un ingreso de 7.370 € en el concepto otras rentas que tuvo que firmar, indicándonos que un técnico lo estudiaría y recibiriamos la oportuna resolución. Confecha 29 de enero recibimos la Resolución que viene a decir que desde el 01/01/18 mi mujer percibe rentas que superan el 75% del SMI, suspendiendo el subsidio desde esa fecha e indicando que pasado un mes de la suspensión puede solicita la reanudación del mismo si carece de rentas susperiores al 75% del SMI.

Las preguntas que les formulo son las siguientes:

Puede uno pedir al SEPE que consta en el expediente para conocer como calculan el exceso del 75% del SMI.

Sabe alguien como se calcula y si afecta solo al mes de percepción o se distribuye en 12 meses y afecta mes a mes.

Al tener la subvencion con aterioridad al 2013, donde no era de aplicacion las rentas de la unidad familiar, seguirá teniendo el mismo derecho o lo pierde y ahora se contabilizan los ingresos de la unidad familiar, al haberse modificado la Ley.

Gracias.

 

#2

Re: Suspensión subsidio mayores 52 años. - SEPE

El cálculo para casos de percepción de un ingresos extraordinario viene recogido en la ley, simplemente dividen entre 12 y calculan si se pasa del máximo ese mes:

" Si las rentas se obtienen en un pago único, se computarán las obtenidas en el mes anterior al hecho causante del subsidio, o al de su solicitud, computados de fecha a fecha, o durante su percepción, prorrateando su importe entre 12 meses. "

En tu caso, esa cantidad superar el 75%del SMI mensual, por tanto se quedaría un mes sin subsidio por la herencia. Luego tendrá que ver si sus ingresos normales durante un mes (incluyendo el rendimiento que le produzca la herencia) están por debajo del límite.

Y para reanudarlo, se supone que aplican las condiciones familiares de cuando fue concedido, en el siguiente enlace lo cuentan:

http://www.sepe.es/indicePreguntas/buscarPreguntasFrec.do?&tipo=1&idioma=es&preg=6038&palabra=subsidio&busqueda=ambas&idSubtema=03

 

#3

Re: Suspensión subsidio mayores 52 años. - SEPE

Muy agradecido por su atenta respuesta. El proximo 27 de febrero tenemos cita en el SEPE. En cualquier caso le comunicaré el resultado.

Un saludo.

#4

Re: Suspensión subsidio mayores 52 años. - SEPE

Hola soy Abuelita, acabo de ingresar en el foro y no se como hacer una consulta

#6

Re: Suspensión subsidio mayores 52 años. - SEPE

Hola a todos, me han denegado el subsidio mayores de 52 años pues según el inss no cumplo el periodo de carencia de los 15 años

Según mis cuentas y aplicando el coeficiente de parcialidad, lo cumplo de sobra, pero me gustaría alguien pudiera revisar mi calculo

A saber tengo 4430 días cotizados a tiempo completo

1006 días cotizados al 50%

90 días cotizados al 50%

181 días cotizados al 37,5 %

todo ello daría un total de 5046 días cotizados sobre un total de 5707 días de alta y un coeficiente global de parcialidad del 88,41 %

Por todo ello mi periodo de carencia genérico serian de 4840 días, como tengo  5046 días cotizados, si cumpliría el requisito

¿Estoy en lo cierto?

Espero vuestra respuesta, gracias

#7

Re: Suspensión subsidio mayores 52 años. - SEPE

En principio tus cálculos parecen correctos. Y efectivamente, para tener en cuenta los periodos de carencia exigidos, hay que transformarlos y hacerlos equivalentes aplicándoles el coeficiente de parcialidad.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#8

Reanudación subsidio mayores 52 años. - SEPE

Hola, soy nuevo por aquí, necesito saber cómo reactivar el subsidio de mayores de 52.

Es posible hacerlo vía web?

 

#10

Re: Reanudación subsidio mayores 52 años. - SEPE

Muchas gracias, lo haré.

#11

Re: Reanudación subsidio mayores 52 años. - SEPE

En sede electrónica te da la opción de solicitarlo, reanudarlo, suspenderlo... te piden rellenar unos formularios: Carencia de renta, si lo sabes hacer por internet lo puedes presentar, si tienes alguna duda me presentaría en SEPE, un error implica falta....

#12

Re: Reanudación subsidio mayores 52 años. - SEPE

Gracias.