Lo primero es que tendrás que esperar a que te notifiquen el ajuste realizado, ya que en la notificación de la Seguridad Social te vendrá una tabla con los detalles de los importes considerados como ingresos del 2025 y las cuentas de como se queda tu IMV.
Con dicha información, puedes hacer la reclamación que estimes oportuna adjuntando tu IRPF y lo que consideres oportuno, aunque ya te anticipo que una beca recibida por un curso de formación a desempleados son ingresos que se descuentan de tu IMV siempre, SI o SI, como ya se ha comentado en múltiples ocasiones aquí en el pasado... otra cosa es que se trate de una beca de estudios reglados de un hijo, que eso no se computa como ingresos a descontarse, pero que la Seguridad Social lo analiza mejor en la revisión de octubre del IMV, que es cuando ya miran con los IRPFs reales de cada uno.
Otra cosa aparte es que se te pueda aplicar "incentivo al empleo" del IMV correctamente, pero eso ya se verá en octubre... el año pasado, en la revisión de mayo 2025, hubo muchos problemas en ese sentido, ya que (entre otras cosas) hubo gente no se le computó bien dicho "incentivo al empleo" del IMV (tanto a unos que se le aplicó "de más" como a otros que se le aplicó "de menos"), cosa que solucionaron en la revisión "buena" de octubre, eso sí.
Y sobre tu pregunta de si reclamas y si te paralizan el IMV, en principio no lo paralizan por ese tipo de reclamaciones.