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Re: PAGO Paro MAYO 2025
Buenos días ,en un principio el importe inferior al salario mínimo es inembargable ,sea cual sea las fuentes de procedencia .Luego la ley se aplica según convenga, porque si hay orden judicial de embargo sobre una cuenta ,el banco puede retenerte la cantidad adeudada .Luego puedes alegar y reclamar y, se puede recuperar si se demuestra que los únicos ingresos que tienes son dicho salario .Cuidado con bizum e ingresos que puedas o te puedan hacer aparte, porque eso es embargable en su totalidad .