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Que computa para el calculo del Patrimonio - Ingreso mínimo vital

18 respuestas
Que computa para el calculo del Patrimonio - Ingreso mínimo vital
Que computa para el calculo del Patrimonio - Ingreso mínimo vital
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Que computa para el calculo del Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Se que la vivienda habitual no se tiene en cuenta, pero que si tienes otras viviendas o locales si, además de si posees terrenos y del dinero en cuentas bancarias. 

Pero me gustaría saber que mas cosas se tienen en cuenta para el cálculo del Patrimonio.
#2

Re: Que computa para el calculo del Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Fondos de pensiones, dinero a plazo fijo, acciones, plazas de garajes, herencias
#3

Re: Que computa para el calculo del Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Como te ha indicado @sonia123 en principio es todo aquello de lo que Hacienda tenga constancia por terceros, lo que incluye inmuebles fuera del habitual (eso incluye plazas de garaje con referencia catastral independiente de la vivienda habitual), cuentas bancarias de las que seas TITULAR o CO-TITULAR en las que se revisa o bien el saldo a 31 de diciembre o bien el saldo medio de último trimestre (se considerará lo que más alto resulte de ambas cifras), depósitos bancarios, IPF, bonos, letras y obligaciones del tesoro, participación en empresas, cuentas de valores y fondos de inversión (se considera valoración a 31 de diciembre de las mismas) y si el algún momento has realizado declaración de patrimonio, la valoración de obras de arte, vehículos, bienes en el extranjero declarados en el modelo 720, etc.

Y por descontado todo lo que sea rendimientos del trabajo y de actividades económicas, que aunque no sea patrimonio también se cuentan como ingresos... acá tienes más información ofrecida por la Seguridad Social https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7/71a1fba3-daee-4b01-b447-5d6096cb154e/reglasparaelcomputodeingresos
#4

Re: Que computa para el calculo del Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Muy completa la explicación. 
Tengo una plaza de garaje que compré junto con mi vivienda habitual, pero tiene una referencia catastral diferente a la de la vivienda. Si tengo que incluir dentro del patrimonio la plaza de garaje, que valor debo sumar: el valor catastral o el valor de referencia del mercado. Agradecería me comentaran. Saludos. 
#5

Re: Que computa para el calculo del Patrimonio - Ingreso mínimo vital

En el enlace que puse en el post anterior de la Seguridad Social te lo dicen:
El patrimonio inmobiliario de carácter residencial se valorará de acuerdo con el valor de referencia de mercado al que se hace referencia en al artículo 3.1 y la disposición final tercera del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, y, en ausencia de este valor, por el valor catastral del inmueble
#6

Re: Que computa para el calculo del Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Pero actualmente en el 2025 hay alguna sentencia del tribunal superior de justicia del país Vasco, que dice que los garajes y trastero que estén en la misma finca, no se deben computar como patrimonio a parte de la vivienda habitual. Sobre todo si se adquieren juntos, comprados o en herencia el mismo día, y que estén en la misma finca. Yo creo que incluso tengan referencias catastrales diferentes, en hacienda se pueden poner junto a la vivienda habitual, pero eso fiscalmente. El ingreso mínimo vital parece ser que antes los computaba a parte, pero esa sentencia parece que que lo cambia para que no sea así. Si puedes buscar esa sentencia en Internet y ponerla en el foro, sería una información que podría ayudar. Yo no se como ponerla, y estarí  bien si alguien le ha pasado ese mismo caso. Yo herede el año pasado mi vivienda habitual, y un garaje con trastero todo en la misma finca, pero con referencias catastrales diferentes, están en las mismas escrituras y el mismo día. Pero no pone nada de anexos, pero yo creo que es un bien conjunto si es para tu uso habitual.
#7

Re: Que computa para el calculo del Patrimonio - Ingreso mínimo vital

En el pais Vasco las competencias no las tiene el INSS las tiene y gestiona LAMBIDE
#8

Re: Que computa para el calculo del Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Pero imagino que el ejemplo servirá para toda España. Si Ami me quieren quitar el ingreso mínimo vital, porque me computan el garaje fuera de la vivienda habitual, y dicen que excedo el patrimonio por esa razón. Yo creo que esa sentencia servirá como ejemplo, ala hora de poner un recurso administrativo o demanda por el juzgado social correspondiente. Independiente de que en el país Vasco lo del ingreso mínimo vital lo lleve una administración diferente al resto de España. Yo soy de Zaragoza por decir todo. Imagino que un juez de lo social esa sentencia puede tenerla en cuenta, siempre dando todas las pruebas posibles y argumentando todo bien. Puede fallar a favor de la persona vulnerable.
#9

Re: Que computa para el calculo del Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Perdón he puesto que a mí me quieren quitar el ingreso mínimo vital por esa razón. No toda vía no es así, cuando hagan la revisión del ingreso mínimo vital es la duda y el miedo que tengo. Que me computen el garaje a parte de la vivienda habitual, y me lo extingan y me hagan devolver algunas cuotas.
#10

Re: Que computa para el calculo del Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Sí, en 2025 hay una sentencia interesante del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) relacionada con el IMV y el cómputo del patrimonio cuando hay garaje y trastero junto a la vivienda habitual https://noticias.juridicas.com/actualidad/noticias/20100-el-tsjpv-fija-que-el-garaje-y-el-trastero-de-la-vivienda-habitual-no-cuentan-para-beneficiarse-del-imv/

#11

Re: Que computa para el calculo del Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Gracias ritekg5 por poner la sentencia en el foro. Si puedes decirme y aconsejarme sobre mi caso te lo agradecería, haber que puede pasar en la próxima revisión de mayo de  IMV, ya que tu sabes bien de todos estos temas. Yo cobro el ingreso mínimo vital como unidad de convivencia de una sola persona. Te explico mi caso que ya lo puse en algún otro hilo de este foro. Yo herede en abril del 2025 todo  reflejado en el impuesto de sucesiones y donaciones un piso como vivienda habitual, también un garaje con trastero en la misma finca que el piso pero tienen diferente referencia catastral al piso. Todo heredado el mismo día y en el mismo acto jurídico, también herede una cuarta parte de una casa vieja del pueblo valorada en 4500 euros mi parte, también herede fiscalmente 17500 euros, pero en efectivo fueron en realidad 16.000 euros. Esos 16.000 euros me los dieron en mano en la Caixa, por lo tanto no los tengo en mi cuenta bancaria. La cuestión que ese dinero apenas me queda ya nada, pero no sé si para hacienda ese dinero seguirá constando como que lo tengo yo guardado en casa. Ya que lo ido gastando en el dia a dia, pero no tengo facturas que justifiquen ese dinero gastado. Y otra de las cosas que me preocupa es lo del garaje con trastero, ya que aunque este en la misma finca que el piso tiene diferente referencia catastral. En la declaración de la renta se puede poner junto al piso como vivienda habitual indiferentemente de que tenga referencia catastral diferente. Aunque en las escrituras no ponga exactamente que sea anexo del piso, pienso que es un bien necesario para la vivienda habitual. Si lo computarán como patrimonio a parte del piso, podría poner un recurso administrativo alegando que es  un bien necesario. Es más tengo un 42% de discapacidad por una lesión medular desde hace 14 años, me afecta a la movilidad, podría también alegar que ese garaje lo necesitaría en un futuro, por ejemplo para el día de mañana utilizarlo para un scooter de movilidad reducida. Y si ese recurso administrativo primero lo denegara  el INSS , podría poner una demanda en juzgado de lo social que corresponde y alegar todo lo que pudiera, como escrituras, certificado de discapacidad y el ejemplo de esa sentencia del país Vasco, que imagino creará jurisprudencia.
#12

Re: Que computa para el calculo del Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Pues imagino te imputarán de patrimonio el garaje con trastero y la 4a parte de la casa en el pueblo, pero hasta que no hagan la revisión y te lo notifiquen todo son elucubraciones... cuando te llegue la notificación del ajuste a finales de mayo se verá que pasa y si te afecta o no, hasta entonces todo son elucubraciones.
#13

Re: Que computa para el calculo del Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Y los 16.000 euros que recibí en efectivo pero que ya no tengo, eso lo computarán en la revisión? o ya como a fecha de 31/12/2025 no aparecía en mi cuenta bancaria no lo harán?
#14

Re: Que computa para el calculo del Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Te diría que solo computarán el dinero que tuvieras en el banco a 31-12-2025 o el saldo medio del 4T del 2025 (el mayor de ambos).
#15

Re: Que computa para el calculo del Patrimonio - Ingreso mínimo vital

En abril del 2025 no comunique al INSS que recibí la herencia, puesto que como ellos hacen sus revisiones, no me traera consecuencias o algún tipo de sanción en la revisión de mayo o finales de este año?