Evidentemente, SI, y sus ingresos forman parte de los de tu unidad de convivencia por lo que son restados junto con los tuyos del IMV... en todo caso lo que tendrías que haber hecho en su momento (cuando solicitaste el IMV) es adjuntar un certificado de los Servicios Sociales donde acrediten que dicha persona no forma parte de tu unidad de convivencia...
Tal vez puedas acercarte a Servicios Sociales lo antes posible y ver si te lo pueden hacer indicando que vives ahí desde fecha tal y que NUNCA, ni antes ni ahora, esa persona ha formado parte de tu unidad de convivencia, y una vez tengas ese documento, iniciar una reclamación por disconformidad con el cálculo de rentas que da pie a tu IMV actual adjuntando dicho certificado y ver "si cuela"
A ver, está claro que tú no tienes la culpa y que solo has hecho caso de lo que te dijeron en tu CCAA, que sería algo en plan "pide el IMV que nosotros te complementamos el resto o te quitamos la RMI" porque así ha pasado más de un caso, y como está claro que tus ingresos son los que son y no has metido la pata en la declaración metiendo el IMV como ha ocurrido con la mayoría (o eso interpreto tras leer anoche todo lo que pusiste) ni la Seguridad Social ni AEAT te van a corregir nada, así que eso es lo que hay... ahora te toca acudir a los Servicios Sociales de tu CCAA y que te complementen hasta el umbral de ingresos que tenías hace dos meses antes con la RMI dado que te ha variado a la baja el IMV, aunque también te digo que te van a pedir de la Seguridad Social que devuelvas pagos indebidos del IMV más adelante.
Ya te he dicho lo que "presuntamente" te ha ocurrido y lo que yo haría... todo lo demás es marear la perdiz.
Hay está el problema. Que para tu comunidad no hay conflicto en que entre las dos ayudas cobres 750 euros. Pero para el INSS sí lo hay, porque entre las dos ayudas no deberías cobrar más de 500 euros.
Esto le ocurrió a todo el que era perceptor de Rentas autonómicas al principio del IMV. Lo que me extraña es que no hayas tenido problemas con anterioridad.
Pues el caso es de separación/divorcio. Así que está claro que han tenido en cuenta los ingresos de la persona con la que convive desde hace casi 3 años.
Eso o, como supuse en un primer momento, al ser propietaria en un 50% de la vivienda donde residen su ex marido e hijas, y no ser ya su vivienda principal, la hayan valorado por valor de mercado, y esto haga que supere el umbral de Patrimonio.
En mi caso concreto sigo pensando que han hecho las cosas mal. Mi madre ha visto incrementada su pensión en una cantidad ridícula al mes y en mi declaración hay unos 750€ extra de un trabajo puntual (que reclamaré porque es falso). No como para pasar de 340€ a 125€ que me ha ingresado en noviembre creo yo. Que las cuentas salgan no significa que no haya habido metedura de pata por parte de la Seguridad Social. A lo mejor el error vino de antes al ingresarme más de lo que me correspondía, que lo veo igual de grave o más que ingresarme de menos.
A quienes en su momento también percibieron RAI en sus certificados les sigue apareciendo aunque ya no lo perciban como es tu caso, ojo, que eso también lo he visto en persona alguno que otro y es flipante ese fallo del certificado.